Se abre la puerta para que los más jóvenes puedan conducir camiones

Tras la publicación oficial de una Directiva europea que regula la formación obligatoria de los conductores profesionales y las edades mínimas para la obtención de los permisos de conducir, la DGT ya trabaja para cambiar el Reglamento General de Conductores.

06/05/2018 a las 13:11 h

transporte-por-carretera-conductor Las nuevas normas unifican en toda Europa las edades mínimas para poder conducir camiones y autobuses.

El transporte por carretera necesita sangre nueva ante la alarmante escasez de conductores profesionales existente en toda Europa y el escaso atractivo que, al parecer, tiene la profesión.

En este sentido, España tendrá que modificar próximamente el Reglamento General de Conductores para adaptarlo a los términos de la nueva Directiva publicada oficialmente la semana pasada y que regula la formación obligatoria de los conductores profesionales, así como las edades mínimas para la obtención de los permisos de conducir para camiones y autobuses.

Según informa Fenadismer en un comunicado, la Dirección General de Tráfico ya está trabajando en estos cambios legales para que se aprueben a la mayor brevedad, pese a que la Directiva establece un plazo máximo de adaptación de hasta dos años.

Equiparación a nivel europeo de la edad mínima

Con estas modificaciones, que sirven para unificar en toda Europa la edad a la que se pueden conducir vehículos pesados, España ajustará las edades mínimas exigidas para la conducción de camiones y autobuses a las establecidas desde hace muchos años en la práctica totalidad de los países de la Unión Europea, algo que podría facilitar al acceso de jóvenes a la profesión de conductor profesional, en un marco de alto paro juvenil.

Así las cosas, para poder obtener permisos de conducción de tipo C1 y C1E habrá que tener 18 años de edad, mientras que para los carnets C y CE, así como para los de clase D1 y D1E el requisito se eleva hasta los 21 años, mientras que para los permisos D y DE sube hasta los 24 años.

En todos los casos, los profesionales tendrán que aprobar el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional en su modalidad ordinaria o acelerada, según los casos, para poder ejercer como chóferes.

Por otra parte, la nueva Directiva también permite, como ya ha informado Cadena de Suministro, conducir vehículos propulsados por combustibles alternativos de más de 3,5 toneladas de MMA, pero sin que exceda de 4.250 kg, con un permiso tipo B y dos años de experiencia.

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