Sólo las empresas con vehículos euro IV o superiores pondrán solicitar autorizaciones CEMT a partir de 2015

El Foro Internacional del Transporte ha establecido un período transitorio según el cual a partir de 2015 sólo se concederán autorizaciones del contingente multilateral de la CEMT para vehículos Euro IV o posteriores.

03/09/2013 a las 11:15 h

Prohibido el trafico a los camiones por la N-II que se han de desviar a la AP-7 en tanto no se desdoble la nacional

Las autorizaciones del contingente multilateral de la CEMT son autorizaciones multilaterales de transporte internacional de mercancías por carretera, que habilitan a su titular a realizar transporte desde o hacia el territorio de cualquiera de los 44 Estados miembros que conforman el Foro Internacional del Transporte, o en tránsito a través de los mismo.

Los Estados miembros de la CEMT actualmente son: Albania, Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.

A partir del año 2010, se estableció que el contingente de autorizaciones multilaterales de la Conferencia Europea de Ministros de Transportes sólo estuviera disponible para las empresas que contaran con vehículos Euro III o superiores.

Sin embargo, el Foro Internacional del Transporte ha considerado recientemente la necesidad de intensificar esfuerzos para mejorar el comportamiento ambiental del sector del transporte por carretera

Debido a su contribución al cambio climático, se establece un período transitorio para permitir la utilización de los vehículos Euro III, de tal modo que en el caso de España las empresas de transporte que soliciten este tipo de autorizaciones no podrán a partir de 2015 ampararlas en esta categoría de vehículos, por lo que sólo se otorgará el contingente de autorizaciones a vehículos de la categoría Euro IV o superiores.

En esta situación, Fenadismer está autorizada por el Ministerio de Fomento para la solicitud y tramitación de dicho tipo de autorizaciones para los autónomos y empresas de transporte internacional que las precisen.

Lo más leído