El Boletín Oficial del Estado ha publicado oficialmente la Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que contiene las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del plan europeo de recuperación.
El programa de eco-incentivos descrito en esta orden tiene por objeto subvencionar el desarrollo y uso de servicios de transporte marítimo de mercancías de forma proporcional a un mérito socioeconómico y ambiental demostrado, y está destinado a empresas de transporte de mercancías por carreteraen calidad de usuarios de los servicios marítimos.
Al tiempo, las empresas que prestan el servicio de transporte marítimo de mercancías participarán en la gestión en la condición de entidades colaboradoras. A estas se les otorga un plazo de quince días a contar desde el 6 de mayo para inscribirse como colaboradoras.
Una finalidad doble
De este modo, la finalidad de estas ayudas es doble, según Transports, ya que, por un lado, se pretende consolidar e incrementar la cuota modal del transporte marítimo de mercancías, mejorando su desempeño ambiental y, por otro, se busca promover el trasvase del modo carretera al marítimo con criterios de sostenibilidad objetivos.
El programa de eco-incentivos tendrá una duración inicial estimada de tres años, comenzando el periodo de elegibilidad para los beneficiarios, una vez finalizado el procedimiento de selección de las entidades colaboradoras, con la aprobación y publicación de la primera convocatoria, que se producirá en el año 2022 y finalizará en marzo de 2023.
Con es convocatoria se establecerá la relación de los servicios de transporte marítimo de mercancías elegiblesy el valor del eco-incentivo calculado para cada uno de ellos.
En todo caso, los servicios marítimos elegibles deberán admitir el embarque en buques ro-ro, con-ro o ro-pax, conectar puertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, tener origen o destino en un puerto de interés general del territorio nacional, ser un servicio regular, con la frecuencia mínima que se establezca en la correspondiente convocatoria, y constituir un servicio de transporte marítimo de mercancías para el que exista una ruta alternativa de transporte por carretera.
Así mismo, en años sucesivos se aprobarán y publicarán las convocatorias correspondientes a los períodos de elegibilidad de abril de 2023 a marzo de 2024, y de abril de 2024 a marzo de 2025.
Se ha asignado al programa del eco-incentivo marítimo una dotación inicial estimada de sesenta millones de euros, que prevé distribuir equitativamente en tres anualidades, de forma que se garantice la concesión de las subvenciones a la totalidad de los solicitantes.