La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha confirmado que los conductores profesionales con permisos de terceros países podrán seguir conduciendo en España durante los seis primeros meses desde que acrediten su residencia en el país, aunque suspendan el examen práctico necesario para completar el canje de su permiso, según informa Froet.
Esta situación venía generando dudas entre empresas de transporte y conductores profesionales, perao hora se ha confirmado que el hecho de presentarse al examen y no aprobarlo no altera la validez del permiso extranjero durante el período legalmente establecido.
Interpretación a partir del Reglamento General de Conductores
Como puntualiza la patronal murciana, la interpretación se basa en el artículo 21 del Reglamento General de Conductores, que establece que los permisos de conducción expedidos por terceros países serán válidos en España, entre otros requisitos, siempre que no hayan transcurrido más de seis meses desde que su titular haya adquirido su residencia normal en España, o desde su entrada regular en territorio español cuando no pueda acreditar dicha residencia.
En consecuencia, los conductores profesionales podrán continuar desarrollando su actividad con el permiso de conducción de su país de origen durante esos seis meses, con independencia de que hayan suspendido alguna de las pruebas exigidas para culminar el procedimiento de canje.
Pasados esos seis meses, el permiso extranjero dejará de ser válido en España y el conductor sólo podrá seguir conduciendo si ya dispone de un permiso de conducción español, obtenido bien mediante canje o tras superar las pruebas correspondientes.