El encarecimiento del gasóleo registrado en las últimas semanas a consecuencia de la guerra en Oriente Próximo ha impactado directamente en los costes de los operadores de transporte, obligándoles a elevar en un 20% sus tarifas según la normativa vigente.
Sin embargo, según explican desde la Asociación del Transporte Internacional por Carretera, este ajuste apenas se ha notado en el precio final de los productos transportados en camiones pesados, con un impacto inferior a un céntimo por kilo. Esto supone que las subidas de precios en los lineales no pueden atribuirse al transporte por carretera, que además hasta mediados de abril no ha podido repercutir el incremento del coste del combustible en sus tarifas.
Con datos de la calculadora del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, entre la semana del 16 de abril de 2025 y la del 10 de abril de 2026, el precio del gasóleo -antes del IVA- ha pasado de 1,10 euros a 1,71 euros por litro, lo que supone un incremento del 55,4%. En un camión articulado con una masa máxima autorizada de 44 toneladas, el coeficiente “C” (porcentaje del coste del transporte que corresponde al combustible) es del 40%.

Astic ha elaborado una infografía para poner en claro la situación, en la que se puede ver cómo un porte contratado hace un año por 1.000 euros ha experimentado, tras la actualización del precio del combustible, un ajuste de 221,6 euros, lo que supone un incremento de un 22,16% sobre la tarifa del transporte. No obstante, en el caso de una carga de 23.000 kilos, la repercusión total en el precio final del producto equivale a menos de un céntimo por kilo de mercancía transportada.
El incremento del coste del diésel en este ejemplo obliga a aplicar la cláusula de revisión del precio del combustible, un mecanismo legal previsto en la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías y recientemente reforzado mediante el Real Decreto-ley 9/2026 de 14 de abril, que refuerza la transparencia en la facturación e introduce un régimen sancionador.
Según la normativa actual, la cláusula debe aplicarse siempre que la variación del precio del gasóleo entre el momento de la contratación y la realización del transporte supere el 5% o el umbral inferior que haya sido pactado, debiendo reflejarse de manera desglosada en la factura. Para facilitar este proceso, Astic ha desarrollado una calculadora online para sus empresas asociadas que permite estimar de manera rápida y precisa la actualización de los costes del transporte en función de la evolución del precio del combustible.