Fenadismer confirma que la cláusula de revisión del gasóleo se aplica también al transporte internacional

Fenadismer argumenta que el Convenio CMR no entra en la revisión de precios y que permite aplicar la cláusula de revisión del gasóleo también al transporte internacional, en línea con el Supremo.

27/04/2026 a las 12:09 h
Fenadismer cita una sentencia del Supremo que permitiría la aplicación de la cláusula en el internacional.
Fenadismer cita una sentencia del Supremo que permitiría la aplicación de la cláusula en el internacional.

Fenadismer estima que la cláusula de revisión del precio del transporte por la variación del precio del gasóleo es obligatoria también en los contratos de transporte internacional.

Según la patronal, aunque la obligatoriedad de esta cláusula nace de la Ley 15/2009 de contrato del transporte de mercancías, que es normativa española, su aplicación es imperativa también en los servicios regulados por el Convenio CMR.

De igual manera, Fenadiser argumente que "el incremento de los costes energéticos es una realidad global que el Convenio CMR no pudo prever en 1956, pero que nuestra legislación nacional protege con carácter imperativo para garantizar la viabilidad del sector".

Sentencia del Supremo

En esta línea, la entidad estima que esta postura se ve reforzada por una sentencia del Tribunal Supremo de junio del año pasado que sienta un precedente jurídico fundamental.

Fenadismer apunta que esta decisión no considera razonable que, en aquellos aspectos no previstos por el convenio, no se pueda aplicar la normativa nacional pertinente para dar solución a los conflictos.

Tres argumentos jurídicos

Por ello, la entidad hace hincapié en tres argumentos jurídicos clave extraídos de la doctrina judicial como son, por un lado, la integración normativa, según la cual las disposiciones del Convenio CMR forman parte del ordenamiento español desde su ratificación. Por tanto, la Ley 15/2009 funciona como un complemento natural para regular lo que el Convenio no menciona.

De igual modo, Fenadismer también invoca la analogía con la acción directa como derecho nacional no prohibido por el CMR.

Por último, el propio CMR, en varios de sus artículos, reconoce que no puede ser la única norma aplicable y remite en diversos supuestos a la ley nacional material de cada Estado.

Por ello, la organización se insta a todos los transportistas españoles que realicen rutas internacionales desde o hacia España a exigir la aplicación de la cláusula de revisión del combustible en sus facturas.

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