Fenadismer estima que la propuesta de Sanidad de prohibir a los conductores profesionales fumar en cabina compromete la seguridad vial

Fenadismer estima que la propuesta de Sanidad de prohibir a los conductores profesionales fumar en cabina compromete la seguridad vial, es "desproporcionada" y "discriminatoria".

02/06/2025 a las 9:50 h
Fenadismer defiende que los chóferes que fuman no perjudican a terceros.
Fenadismer defiende que los chóferes que fuman no perjudican a terceros.

Fenadismer estima que la reforma de la Ley del Tabaco en la que trabaja el Ministerio de Sanidad es "desproporcionada".

Para la organización empresarial, "en el caso del transporte de mercancías por carretera, los conductores profesionales en el desarrollo de su actividad permanecen solos a bordo de los camiones, sin ningún acompañante, y por tanto, sin poner en riesgo la salud de ninguna otra persona, de modo que una medida como la propuesta por Sanidad que debe pretender que terceros no fumadores se vean afectados por el tabaco, carece de sentido y proporcionalidad en el caso de los conductores profesionales que desarrollan horas de su jornada laboral en solitario, a bordo de un camión".

En esta misma línea, la entidad argumenta que "esta medida, lejos de ser beneficiosa, podría resultar perjudicial y contraproducente para la seguridad vial ya que la gran mayorá de conductores profesionales permanecen solos dentro del vehículo, realizando hasta cuatro horas y media seguidas de conducción, conforme establece la normativa sobre tiempos de conducción y descanso, de forma que no permitir que aquellos conductores fumadores que voluntariamente así lo deciden, puedan hacerlo, puede generar situaciones de mayor estrés, ocasionando situaciones de ansiedad y alterar con ello sus habilidades de conducción".

Por otro lado, Fenadismer estima también que "esta medida podría resultar discriminatoria por cuanto no contempla idéntica prohibición para los conductores particulares que podrían seguir fumando en sus vehículos, incluso yendo acompañados de terceras personas y no así a los conductores profesionales que libre y voluntariamente lo deciden, sin que ello afecte a ningún otro acompañante u ocupante del vehículo ya que el desarrollo de su actividad profesional a bordo del vehículo se efectúa en la práctica totalidad de los casos".

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