Fenadismer recuerda que los cargadores deben indexar la cláusula del gasóleo conforme a la formula oficial

Los importes incluidos en el desglose no siempre corresponden a lo que resulta de la fórmula de indexación establecida por la Administración, sino que se utilizan otras fórmulas alternativas.

04/06/2026 a las 10:10 h

Tras la aprobación del Real Decreto-ley 9/2026 en abril, ahora la cláusula de revisión del precio del combustible debe aplicarse en cada periodo de facturación y no trimestralmente como antes venía establecido, y de forma desglosada en la factura para identificar claramente el importe que el gasóleo pondera en la tarifa final a percibir por los transportistas.  

Fenadismer ha constatado que en el mes de mayo tanto las empresas cargadoras como los operadores logísticos que utilizan sistemas de autofacturación respecto de los servicios prestados por sus transportistas colaboradores han introducido de forma generalizada en las facturas generadas el desglose resultante por aplicación del nuevo Decreto-Ley.

Sin embargo, los importes incluidos en el desglose no siempre corresponden a lo que resulta de la fórmula de indexación establecida por la Administración, sino que utilizan otras fórmulas alternativas, lo que podría ser objeto de sanción por infracción a la legislación de transporte.

Por ello, la Federación recuerda a cargadores, flotistas e intermediarios que estos importes no pueden pactarse libremente entre las partes, sino que el cálculo debe realizarse conforme a los criterios establecidos en la Ley de Contrato de Transporte y su normas de desarrollo.

Calculadora del Minisiterio de Transportes

Así, se recomienda utilizar la nueva versión de la calculadora alojada en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Esta herramienta automatiza los porcentajes introduciendo los datos del servicio, garantizando la transparencia y la seguridad jurídica en la relación comercial. 

A modo de ejemplo, los datos oficiales extraídos de la calculadora señalan que desde el inicio de la guerra de Irán el 28 de Febrero hasta el 31 de Mayo el incremento del gasóleo ha sido del 25,9%, ponderando un 40% en los costes de explotación de los vehículos de transporte de mayor tonelaje.  

En todo caso, Fenadismer continuará vigilando el mercado para velar por el cumplimiento íntegro de la nueva regulación aprobada por parte de todos los actores de la cadena de suministro, protegiendo así los márgenes de explotación de los transportistas.

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