Hacienda precisa el alcance de las ayudas al transporte por carretera por la guerra de Irán

Hacienda adapta a las precisiones de la Comisión Europea el alcance de las ayudas al transporte por carretera por la guerra de Irán.

06/07/2026 a las 9:59 h
La norma ya está en vigor.
La norma ya está en vigor. Foto: UNO
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El Boletín Oficial del Estado ha publicado estos últimos días una Orden del Ministerio de Hacienda que establece adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas al sector del transporte por carretera desplegadas en el marco el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en materia de adecuación al régimen de ayudas de Estado.

La regulación llega después de que la Comisión Europea haya considerado que las medidas de ayuda para el transporte por carretera son compatibles con el mercado interior.

El contenido de la Orden

De manera particular, la norma diseña un sistema recogido que garantiza que el cumplimiento del límite del 70% en sobrecostes de los combustibles efectivamente soportados se evalúa sobre el conjunto del período de referencia del marco temporal, teniendo en cuenta la evolución de los precios del combustible desde el inicio de la crisis, lo que permite absorber fluctuaciones puntuales sin riesgo de sobrecompensación.

En este mismo sentido, la Orden de Hacienda precisa que el período de referencia para el cálculo de los costes adicionales se comprende entre el 1 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.

Así mismo, también se precisan las situaciones en las que no procederá la percepción de las ayudas, las condiciones exigibles a los beneficiarios, las compatibilidades y acumulación de ayudas, así como el seguimiento, notificación y conservación de registros.

Fialmente, un anexo a la Orden contiene los criterios para considerar cumplido el límite del 70% de sobrecostes para percibir las ayuidas.

La norma ya está en vigor.

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