Los servicios de asistencia en carretera se suspenderán o adaptarán ante episodios de calor extremo para proteger a los trabajadores

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a evaluar y adaptar las condiciones de trabajo durante episodios de calor extremo e, incluso, a suspender determinadas actividades.

17/07/2026 a las 9:57 h
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La Alianza de Auxilio en Carretera ha advertido de que las empresas del sector estarán obligadas a suspender, retrasar o adaptar determinadas operaciones de auxilio cuando las condiciones meteorológicas alcancen niveles que impidan garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

Esta situación no responde a una decisión empresarial ni organizativa, sino al cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 486/1997 y las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 4/2023, que obligan a evaluar y adaptar las condiciones de trabajo durante episodios de calor extremo e, incluso, a suspender determinadas actividades cuando no pueda garantizarse la seguridad de los trabajadores.

Así, en un comunicado técnico remitido al sector por la Red de Empresas de Auxilio en Carretera, se ha puesto de manifiesto que determinadas operaciones de auxilio, especialmente las que implican trabajar bajo vehículos industriales o intervenir sobre ruedas, frenos y otros componentes sometidos a elevadas temperaturas, no pueden desarrollarse en entornos donde el aire bajo el vehículo alcance entre 55 y 70ºC, con componentes metálicos superiores a 100 ºC, o donde los tambores de freno puedan situarse entre 150 y 500ºC.

Estas circunstancias incrementarían de forma notable el riesgo de golpe de calor, quemaduras o incluso estallido de neumáticos. Asimismo, se recuerda que con temperaturas ambiente superiores a 35ºC concurren factores de riesgo que obligan a extremar las medidas preventivas.

Adaptarse a las limitaciones legales

La Alianza considera imprescindible que las compañías aseguradoras, plataformas de asistencia en viaje y clubes automovilísticos adapten la organización de los servicios a estas limitaciones legales, evitando exigir actuaciones incompatibles con la normativa de prevención de riesgos laborales.

Igualmente, se recomienda evitar determinadas intervenciones durante las horas centrales del día, permitir el enfriamiento previo de los vehículos pesados antes de realizar ninguna actuación y reforzar las operaciones mediante la incorporación de un segundo operario cuando la naturaleza del servicio así lo requiera.

Por ello, la Alianza hace un llamamiento a los usuarios para que comprendan que, durante los episodios de temperaturas extremas, algunos servicios podrán sufrir retrasos o deberán posponerse hasta que existan condiciones que permitan realizarlos con seguridad, especialmente en operaciones complejas sobre vehículos industriales o reparaciones en carretera.

La Alianza de Auxilio en Carretera considera que la adaptación de los protocolos operativos durante los episodios de calor extremo constituye una responsabilidad compartida de todos los integrantes de la cadena y contribuirá a garantizar tanto la continuidad del servicio como la protección de unos profesionales.

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