ECSA pide mantener más allá de 2030 las exenciones del ETS para las islas europeas, regiones ultraperiféricas y zonas de hielo

Ecsa cree que las excepciones previstas en el esquema de comercio de derechos de emisión deberían aplicarse de forma automática, sin depender de la decisión de los Estados miembros de activarlas, y mantenerse después de 2030.

14/07/2026 a las 10:57 h
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El transporte marítimo mueve alrededor del 76% del comercio exterior de la Unión Europea y garantiza la conectividad de las islas europeas, las regiones ultraperiféricas y las zonas de hielo. Por ello, desde la Asociación Europea de Armadores, Ecsa, consideran que las excepciones previstas en el esquema de comercio de derechos de emisión deberían aplicarse de forma automática, sin depender de la decisión de los Estados miembros de activarlas, y mantenerse de forma permanente después de 2030.

Así, la Asociación cree que debería ampliarse la excepción para las islas de la Unión Europea, incluidas aquellas con más de 200.000 residentes permanentes y los Estados insulares, tanto para el transporte de pasajeros como de mercancías. Su conectividad y la competitividad no deberían depender de umbrales de población.

También es preciso mantener las excepciones para los buques con clasificación para la navegación en hielo, pues sus mayores emisiones de estos buques no responden a una decisión comercial, sino a requisitos de seguridad y navegación en condiciones invernales extremas. La excepción del ETS para estos buques debería ser permanente y alinearse con la disposición equivalente del reglamento FuelEU Maritime, que contempla tanto los buques con clasificación para hielo como la navegación en condiciones de hielo.

En lo que respecta a las regiones ultraperiféricas, la excepción debería cubrir todos los viajes desde, hacia y entre estas zonas y cualquier Estado miembro de la UE, algo fundamental para garantizar la conectividad de mercancías y pasajeros con estos territorios, mantener unas condiciones de competencia equitativas y favorecer la cohesión territorial.

Del mismo modo, desde Ecsa aseguran que la excepción aplicable a las obligaciones de servicio público de carácter transnacional debería mantenerse. En su opinión, puede continuarse con el actual ámbito geográfico de aplicación del esquema, pero siempre que se incorporen estas recomendaciones.

Unas excepciones permanentes y adaptadas a la realidad del sector completarían este marco regulatorio, garantizando su correcto funcionamiento para las islas, las regiones ultraperiféricas, las zonas afectadas por el hielo y las rutas comerciales.

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