La Justicia europea certifica la ilegalidad de las ayudas fiscales al sector naval en España

El Tribunal General de la UE desestima dos recursos interpuestos contra la decisión de la Comisión de anular el régimen de las ayudas fiscales al sector naval articuladas por la Administración española.

22/02/2024 a las 13:26 h
La sentencia sigue la estela de otra anterior que declaró ilegal el sistema español de arrendamiento fiscal previo a 2013.
La sentencia sigue la estela de otra anterior que declaró ilegal el sistema español de arrendamiento fiscal previo a 2013.

El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado esta semana los recursos presentados por Telefónica y el Banco Santander contra la decisión de la Comisión Europea que anulaba el régimen de lasayudas fiscales al sector naval articuladas por la Administración española.

Además, esta sentencia sigue a la dictada el pasado 2 de febrero por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaró ilegal el sistema español de arrendamiento fiscal previo a 2013 e incompatible con el mercado interior.

De igual modo, esta decisión judicial también obligaba a España a recuperar dichas ayudas, o una parte de ellas, de las agrupaciones de interés económico y a los inversores participantes, según informa Europa Press.

En 2006, el colegio de comisarios recibióvarias denuncias acerca de la aplicación del SEAF a determinados contratos de arrendamiento financiero, ya que este régimen permitía que las empresas navieras obtuvieran unos descuentos de entre un 20% y un 30% del precio al adquirir buques construidos por astilleros españoles, en detrimento de las ventas de los astilleros de otros Estados miembro.

Según la Comisión, el objetivo de este sistema consistía en proporcionar ventajas fiscales a las AIE y a los inversores que participaban en ellas, que después transferían una parte de tales ventajas a las navieras que compraban un buque nuevo.

A su vez,en su decisión adoptada en julio de 2013, la Comisión estimó que tres de las cinco medidas fiscalesque conformaban el SEAF constituían una ayuda estatal que revestía la forma de ventaja fiscal selectiva, y por tanto parcialmente incompatible con el mercado interior.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló en parte la decisión de Bruselas, incluyendo la recuperación íntegra de la ayuda, al considerar que la Comisión identificó de forma errónea a los beneficiarios de este régimen fiscal.

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