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Logística

A partir del 22 de mayo, las furgonetas deberán tener licencia comunitaria para transporte internacional

Desde finales de mes, las furgonetas deberán tener licencia comunitaria para transporte internacional y cumplir los requisitos que fija el Paquete de Movilidad.

Ricardo Ochoa de Aspuru 220512 CDS
Ricardo Ochoa de Aspuru
10/05/2022 a las 22:06 h

A partir del próximo 22 de mayo los vehículos de transporte ligeros de más de 2,5 toneladas de MMA que realicen transporte internacional deberán contar con una licencia comunitaria europea, de acuerdo con lo que regula el Paquete de Movilidad.

Esto implica, como recuerda Fenadismer, también habrá que cumplirse el requisito de competencia profesional, así como los relativos a establecimiento, honorabilidad y capacidad económica que se exigen en la actualidad a los vehículos de mayor tonelaje.

Sin embargo, de manera específica, el caso del requisito de capacidad económica se reducen los importes a justificar a 1.800 euros para el primer vehículo y 900 euros para el segundo y siguientes.

Para tramitar la licencia comunitaria, el transportista deberá presentar ante el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según ratifica Fenadismer, una declaración responsable de que cumplen los requisitos de establecimiento, honorabilidad, capacidad financiera y competencia profesional.

Tras ello se expide una licencia comunitaria con validez hasta el mes en que le corresponda realizar el visado de su autorización de transporte en 2023, momento en el que cada comunidad autónoma comprobará el cumplimiento de dichos requisitos.

Posteriormente, aquellos transportistas que accedan por primera vez al sector a partir del 22 de mayo, al solicitar la autorización de transporte ligero en su comunidad autónoma respectiva deberán en ese momento acreditar que cumple dichos requisitos en se momento, tras lo cual podrá solicitar la licencia comunitaria, que se le concederá con una validez de cinco años.

 

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