Aprobados nuevos requisitos para la venta, instalación y reparación de tacógrafos

Se intensificará el control y supervisión sobre los talleres, y se uniformizarán y sistematizarán los requisitos relativos a los procedimientos de trabajo.

25/02/2017 a las 23:34 h

Los instaladores y talleres desempeñan un papel importante en la seguridad de los tacógrafos y éstos, a su vez, en la seguridad del transporte por carretera, por lo que es fundamental disponer de procedimientos comunes que regulen esta actividad.

A este respecto, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza la regulación que afecta a los centros técnicos que instalan, reparan, controlan y parametrizan tacógrafos, para adaptarla a un reglamento comunitario de 2014.

La nueva norma afecta a los fabricantes que instalan tacógrafos, a talleres y a estaciones de Inspección Técnica de Vehículos, y viene a definir una serie de requisitos mínimos a efectos de su fiabilidad y autorización, y una auditoría continua.

Requisitos mínimos

De este modo, se intensificará el control y supervisión sobre estos talleres, y se uniformizarán y sistematizarán los requisitos a cumplir en sus procedimientos de trabajo, debiendo certificarse según una norma técnica específica para la implementación de sistemas de gestión en los centros técnicos de tacógrafos, que se publicará en los próximos días.

Además, mediante esta normativa se reducirán los trámites administrativos que deben satisfacer estas instalaciones, determinando la renovación automática de sus autorizaciones siempre que mantengan la anterior certificación vigente y formen periódicamente al personal que opera los tacógrafos.

Por último, se simplificará la normativa existente hasta la fecha, que se encontraba dispersa en tres disposiciones diferentes, que quedan derogadas y reemplazadas por este Real Decreto.

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