El CNTC impugna la regulación del ROTT sobre la pérdida de honorabilidad

Entre los supuestos de pérdida, se encuentra que la empresa haya sido sancionada por la comisión de cualquiera de las 21 infracciones consideradas muy graves, aunque algunas no sean imputables al transportista.

11/04/2019 a las 7:44 h

El Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres sigue generando polémica. A las críticas de Competencia sobre el requisito de los cinco meses de antigüedad de los vehículos para solicitar la tarjeta de transporte, se une ahora una nueva protesta, pero esta vez de los propios transportistas.

El Comité Nacional del Transporte por Carretera ha acordado, por amplia mayoría, impugnar en vía contencioso-administrativa el Real Decreto 70/2019 por el que se modifica el ROTT, en lo relativo a la pérdida de honorabilidad.

Entre los supuestos de pérdida, se encuentra que la empresa haya sido sancionada en vía administrativa por la comisión de cualquiera de las 21 infracciones consideradas muy graves, aunque algunas no sean imputables al transportista, o bien de las graves o menos graves cuyo índice de reiteración alcance un valor igual o superior a tres.

La consecuencia directa, según explican desde Fenadismer, sería la suspensión de las autorizaciones de transporte durante un año, lo que supone la paralización de la actividad, "con la consiguiente pérdida de clientes, despido de trabajadores y quebranto económico".

Además, la suspensión se convertiría en indefinida si la pérdida de honorabilidad se produce en el mismo año en que se debe realizar el visado de las autorizaciones, por lo que "en función de que el año sea par o impar las consecuencias son aún más lesivas".

A juicio del CNTC, todo esto no solamente provoca "una alarmante inseguridad jurídica", sino que "transgrede la letra y el espíritu" de la normativa comunitaria por la que se regula el ejercicio de la profesión de transportista, vulnerando el derecho a un procedimiento judicial con todas las garantías.

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