El transporte por carretera gana la primera batalla contra la Tesorería de la Seguridad Social

La justicia canaria ha estimado que el transportista debía cotizar por CNAE de la actividad y no por el código de ocupación.

18/10/2016 a las 22:33 h

Cansancio del conductor El transporte por carretera gana la primera batalla contra la Tesorería de la Seguridad Social.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria acaba de estimar íntegramente la demanda de una empresa transportista que solicitaba la devolución de ingresos por cotización indebidamente. 

A principios de 2016, los transportistas y asociaciones del sector iniciaron actuaciones para reclamar a la Seguridad Social que los tipos de cotización de los trabajadores afectos a la actividad principal de la empresa debían haberse regido por el CNAE de la empresa y no por el código de ocupación, interpretación que ha venido manteniendo la Administración.

Siguiendo el criterio de código de ocupación, el tipo de cotización para un conductor por AT y EPes del 6,7%, mientras que, con el criterio de cotización según el CNAE de la empresa, el tipo de cotización para un conductor es del 3,7%. 

Ahora, la Justicia canaria ha dado la razón al transportista al considerar que este debía haber cotizado por sus conductores en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por el CNAE de la actividad. 

La sentencia condena a la Tesorería General de la Seguridad Social a abonar a la empresa transportista el 3% de lo cotizado por sus conductoresen materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales hasta 31 de diciembre de 2015, a lo que hay que añadir los intereses legales correspondientes.

En este sentido, desde la Confederación Española del Transporte de Mercancías (CETM) han valorado positivamente la primera sentencia estimatoria que acoge la argumentación jurídica esgrimida en sus reclamaciones. 

Además, confía en que se generalice el criterio de la Justicia canaria, al entender que se ha producido un enriquecimiento injusto por parte de la Seguridad Social en perjuicio de los empresarios de transporte de mercancías por carretera españolas. 

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