El Tribunal General de la UE anula el rechazo de la Comisión a la compra de TNT por UPS

El Tribunal General considera que la Comisión Europea vulneró el derecho de defensa de UPS y se basó en un modelo diferente del que fue objeto de debate en el procedimiento administrativo.

07/03/2017 a las 22:06 h

El Tribunal de Luxemburgo ha anulado, en una sentencia pronunciada el martes 7 de marzo, la decisión de la Comisión Europea de prohibir la adquisición de TNT por parte de UPS.

Después de que en 2012 UPS notificara a la Comisión Europea su proyecto de adquisición de TNT, por la que la Comisión se opuso al considerar que se reduciría el número de operadores dejando a DHL como única alternativa a UPS, el Tribunal general ha estimado el recurso presentado por esta para anular dicha decisión.

El Tribunal ha recordado que el respeto del derecho de defensa, y más concretamente el principio de contradicción, exigen que durante el procedimiento administrativo la empresa afectada haya podido dar a conocer su punto de vista sobre la realidad y la pertinencia de los hechos y circunstancias invocados, así como sobre los documentos que la Comisión tuvo en cuenta para fundamentar sus alegaciones.

La Comisión vulneró el derecho de defensa de UPS

El Tribunal ha constatado que el análisis econométrico utilizado por la Comisión en su Decisión de 30 de enero de 2013 se basó en un modelo diferente del que fue objeto de debate contradictorio durante el procedimiento administrativo, ya que la Comisión introdujo grandes modificaciones en los análisis previamente discutidos con la compañía.

De esta manera, y dadas dichas modificaciones, la Comisión tenía la obligación de comunicar a la empresa estadounidense el modelo final del análisis antes de la adopción de la decisión que se acaba de impugnar, y, al no haber procedido de ese modo, la Comisión vulneró el derecho de defensa de UPS.

Así, al considerar que la compañía habría podido, durante el procedimiento administrativo, defenderse mejor si hubiera dispuesto, antes de la adopción de la Decisión impugnada, de la versión final del análisis establecida por la Comisión, el Tribunal de Luxemburgo ha anulado en su totalidad la decisión de la Comisión sin examinar los demás motivos invocados por la compañía.

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