Fomento fija los servicios mínimos ante la huelga de la estiba

Desde el Ministerio aseguran que los efectos prácticos de la huelga "podrían llegar incluso al 100% de la jornada laboral".

23/05/2017 a las 1:23 h

El buque Morten Maersk durante su escala en el puerto de Valencia Fomento fija los servicios mínimos ante la huelga de la estiba.

Servicios mínimos en la huelga de los estibadoresque se puede descargar en este enlace(disponible en formato pdf, de 10 páginas y 1,2 Mb).

La Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento ha emitido una Resolución que establece los servicios mínimos para la huelga de estibadoresconvocada inicialmente durante las horas impares de los días 24, 26, 29 y 31 de mayo, y 2, 5, 7 y 9 de junio, aunque esto ha cambiado en las últimas horas, tras el principio de acuerdo que ha permitido desconvocar los paros de los cinco primeros días.

El texto recoge que "la huelga impactará no sólo sobre los empleadores, sino también sobre las empresas que directa o indirectamente dependen para su producción o comercialización de la operatividad de las cadenas logísticas".

Según Fomento, los efectos prácticos de la huelga"podrían llegar incluso al 100% de la jornada laboral", debido a que se interrumpirá el trabajo cada hora. En el Ministerio se muestran especialmente preocupados por las repercusiones que la huelga puede tener en Algeciras, Barcelona, Bilbao, Las Palmas y Valencia. 

Tal y como indica la Resolución firmada el 19 de mayo, el Gobierno garantizará al 100% los servicios mínimos necesarios en las operaciones que afecten a mercancías perecederas o peligrosas, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para las personas o instalaciones. Del mismo modo, se atenderán las situaciones de emergencia o siniestros en buques o mercancías.

También se asegurará el abastecimiento, atención sanitaria y suministros especiales y esenciales a los territorios insulares, Ceuta y Melilla, salvo en el caso del puerto de Bilbao.

Asimismo, seguirán efectuándose las operaciones en buques mixtos, con objeto de no perjudicar al servicio de pasajeros de línea regular y se establecerá un rendimiento no inferior al 50% del promedio del año natural anterioren jornada comparable, según horario y tipo de mercancía.

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