A menos de dos semanas de la entrada en vigor de la obligatoriedad del documento electrónico de control administrativo, DeCA, AECOC ha programado diferentes sesiones formativas para facilitar la adaptación de cargadores, transportistas y operadores a la nueva exigencia.
La asociación ha celebrado este 22 de septiembre un webinar sobre la digitalización del documento de control y tiene previstas dos nuevas sesiones, los días 23 de septiembre y 1 de octubre, esta última a apenas cuatro días de que finalice el período transitorio. Las sesiones, de 45 minutos y en formato on-line, están dirigidas por Javier Jaso, responsable de Transporte de Aecoc.
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, establece que, transcurridos diez meses desde su entrada en vigor, el documento de control administrativo exigible para el transporte público de mercancías por carretera deberá ser necesariamente digital. Ese plazo concluye el próximo 5 de octubre.
Una adaptación que afecta a toda la cadena
Aecoc plantea estos webinars como una hoja de ruta para las empresas que todavía deben adaptar sus procesos y sistemas informáticos. Las sesiones están especialmente dirigidas a responsables de transporte, logística, operaciones y sistemas, así como a los profesionales que intervienen en la expedición, transporte y recepción de las mercancías.
Entre los aspectos que se abordan se encuentran el calendario de implantación, los requisitos técnicos que deben cumplir los documentos y su presentación durante una inspección, así como las actuaciones necesarias para evitar problemas tecnológicos u operativos una vez desaparezca la posibilidad de utilizar el documento tradicional en papel como documento original.
La regulación técnica definitiva quedó establecida mediante la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril. Entre otros requisitos, el DeCA deberá generarse de forma nativa digital, materializarse en un PDF de un máximo de 5 MB e incorporar un código QR asociado a una dirección web única desde la que pueda accederse al documento.
Además, cargador contractual y transportista efectivo deberán conservar los documentos durante un período mínimo de un año. La norma permite que cada una de las partes utilice su propio repositorio, aunque, cuando el documento sea generado por una de ellas, será suficiente con que la otra pueda descargarlo durante ese período.
El conductor podrá llevar una copia en papel
La digitalización obligatoria del documento no significa, sin embargo, que el conductor tenga necesariamente que mostrarlo desde un dispositivo electrónico. La regulación permite que lleve a bordo una copia electrónica o impresa, siempre que contenga el correspondiente código QR. Ante una inspección podrá presentar el DeCA con ese código o, alternativamente, únicamente el propio QR.
La obligación afecta a los transportes interiores con origen y destino en España, incluidas las operaciones de cabotaje, mientras que quedan fuera los transportes internacionales que discurran parcialmente por territorio español y que utilicen los documentos previstos en los correspondientes convenios internacionales.
Aecoc recuerda además que la normativa no contempla un período adicional sin sanciones después del 5 de octubre, por lo que considera necesario que las empresas tengan adaptados sus sistemas y procedimientos antes de esa fecha.