Esta semana, Comisiones Obreras y UGT han concretado los detalles de la movilización que han convocado para este 10 de marzo para reclamar la aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación para los conductores profesionales.
Ambos sindicatos se manifestarán el martes de la semana que viene a partir de las 10:30 de la mañana frente a la sede del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible "para exigir la resolución favorable de las solicitudes presentadas para el reconocimiento de coeficientes reductores que permitan el adelanto de la edad de jubilación del colectivo".
USO entra en escena
En paralelo, USO informa de que se ha personado en calidad de interesado en este procedimiento para exigir el trámite de audiencia preceptivo y acceder a todos los informes existentes, con el objetivo de "presentar las alegaciones y documentos oportunos en defensa de los trabajadores afectados y, en particular, de nuestra afiliación".
De igual manera, el sindicato lamenta "que los sindicatos convocantes no hayan buscado la unidad de acción de cara a la concentración convocada el próximo 10 de marzo, en Madrid, para para exigir una resolución favorable a la solicitud presentada".
Esta misma central sindical asegura que "está manteniendo reuniones con plataformas del sector que van a convocar movilizaciones buscando el consenso y la unidad de acción, que es lo que, a nuestro juicio, debieran hacer los sindicatos que, hasta el momento, tienen el privilegio de poder iniciar estos procedimientos y que están actuando de una manera unilateral".
En consecuencia, USO asegura que no "va a secundar la concentración convocada por Comisiones Obreras y UGT, anunciaremos movilizaciones en los próximos días".
Hay que recordat también que fue CGT la que recurrió ante el Tribunal Supremo y que consiguió que se declarara nula la encorrosa obligación de que los solicitantes de un procedimiento de establecimiento de jubilación anticipada aporten a la Seguridad Social la identificación fiscal de los trabajadores objeto de estudio.
En cualquier caso, e independientemente de la presión, el reconocimiento de los coeficientes reductores de la edad de jubilación depende en exclusiva de la Seguridad Social.