La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil beneficia al transporte español en las reclamaciones al cártel de camiones

La Directiva Europea de Competencia llega tarde, ya que no se aplicará con efecto retroactivo.

02/06/2017 a las 10:22 h

El Real Decreto-Ley 9/2017 del 26 de Mayo por el que se han traspuesto las directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero, mercantil y sanitario, afecta directamente al sector del transporte por carretera español.

Además de transponer la Directiva Europea sobre trabajadores desplazados, España ha traspuesto también con este Real Decreto la Directiva europea sobre Competencia y modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Estas dos actuaciones inciden en las futuras reclamacionesque los transportistas pueden presentar por el cártel de los fabricantes de camiones sancionado por la Comisión Europea en julio de 2016, aunque la transposición de la Directiva europea de Competencia parece haber llegado tarde.

Desde el despacho CSS Abogados, elegido por la CETM para defender a sus transportistas asociados en las reclamaciones a los fabricantes, han explicado cómo puede incidir la transposición de las directivas comunitarias en este proceso judicial.

Facilidades a los transportistas

Según Miguel Caamaño, los cambios en la Ley de Enjuiciamiento "facilitan de una manera extraordinaria" las acciones de reclamación en el conflicto contra el cártel europeo de camiones. En concreto, agiliza el acceso a las pruebas de daño, tan valiosas para los transportistas en fase de reclamación.

Además, con esta modificación, los transportistas pueden pedir ahora a los fabricantes de camiones que les envíen la documentación que sirvió de soporte a la Comisión Europea para ejecutar la demanda contra los fabricantes.

Caamaño considera que la nueva Ley de Enjuiciamiento "no podía haber llegado en un momento mejor para el transporte español", pero recuerda que el Congreso de los Diputados aún debe aprobar el texto para que se remita cuanto antes a las Cortes y entre en vigor.

La Directiva de Competencia llega tarde

Por el contrario, es probable que la transposición de la Directiva europea sobre Competencia no tenga la incidencia que debería haber tenido, principalmente, porque se ha transpuesto fuera de plazo.

La no transposición de la Directiva en fecha ha provocado dos importantes agravios para el sector en este asunto: en primer lugar, el plazo de prescripción es distinto, cinco años en la norma europea y un año en el Código Civil español. Por otro lado, los transportistas no podrán solicitar el pago de los intereses desde el momento de la compra del vehículo. 

La posibilidad de que los transportistas puedan acogerse a esta Directiva para el pago de los intereses y los cinco años de prescripción aún debe ser estudiada por los abogados, pero se prevé cuanto menos difícil teniendo en cuenta que la Disposición transitoria primera del citado Real Decreto recoge que las previsiones recogidas en su artículo tercero, el referido a las actuaciones en materia de infracciones a la Competencia, no se aplicarán con efecto retroactivo.

Lo más leído