Prorrogada la excepción en el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso

A la vista de que se mantiene la crisis sanitaria, el Gobierno ha decidido prorrogar la exención en el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso hasta el 31 de mayo.

15/04/2020 a las 12:21 h

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 15 de abril, recoge una prórroga en la excepción temporal en el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.

La Dirección General de Transporte Terrestre estima, en este sentido, que las circunstancias excepcionales continúan y, finalizado el período máximo de 30 días en que los Estados miembros pueden conceder excepciones temporales del Reglamento europeo, ha solicitado a la Comisión Europea flexibilizar las normas de tiempos de conducción y descanso.

En este sentido, se ha decidido sustituir el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de once horas, al tiempo que se reducen los requisitos del descanso diario de once horas por uno de nueve horas.

De igual manera, también se abre la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivosde al menos 24 horas, siempre que el conductor tome al menos cuatro períodos de descanso semanales en esas cuatro semanas consecutivas, de los cuales al menos dos tendrán que ser períodos de descanso semanales normales de al menos de 45 horas, sin que se requiera compensación de los descansos semanales reducidos.

Además, también se permite que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

Estas medidas se aplicarán a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías en todo el territorio nacional hasta el próximo 31 de mayo.

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