Vuelta a la normalidad en la regulación de tiempos de conducción y descanso

La Unión Europea ya no autoriza a los Estados miembro a regular exenciones temporales en la norma de conducción y descanso por el coronavirus.

28/05/2020 a las 21:33 h

Con motivo de la crisis sanitaria desatada por la pandemia de coronavirus, las autoridades han dispuesto exenciones en diversas obligacionesdel transporte de mercancías por carretera, con el fin de facilitar el abastecimiento a la población durante el estado de alarma.

Sin embargo, con lo peor ya pasado, a juicio de las autoridades sanitarias, la regulación vuelve lentamente a la normalidad, con lo que se eliminan toda una serie de medidas de flexibilización.

En este sentido, y dado que la Comisión Europea ha anunciado que dejará de autorizar nuevas exenciones al Reglamento europeoque regula los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales, en España también dejará de aplicarse la norma de flexibilización dictada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En consecuencia, la prórroga en la exención de estas normas establecida el pasado 15 de abril y que llegaba hasta el 31 de mayo, decaerá y la regulación habitual de conducción y descanso volverá a la normalidad el lunes, 1 de junio, como ha informado el propio Departamento ministerial a CETM.

Hasta entonces, entre otros aspectos, se había sustituido el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de once horas, al tiempo que se habían reducido los requisitos del descanso diario de once horas por uno de nueve horas.

De igual manera, también existía la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivosde al menos 24 horas y se permitía que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo.

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