Aprobadas las enmiendas al acuerdo sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera

Las Enmiendas que han recibido el visto bueno del Consejo de Ministros, modifican en gran medida, el contenido del ADR que entró en vigor el 1 de enero de 2013 dando lugar, con ello, al ADR 2015.

16/02/2015 a las 9:14 h

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El Consejo de Ministros de este viernes 13 de febrero, ha tomado conocimiento de las Enmiendas a los Anexos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, ADR 2015.

Se trata de un acuerdo que se actualiza cada dos años. Durante el período de vigencia del ADR anterior se realizaron, por parte de las distintas partes contratantes del mismo, propuestas para adecuar el reglamento al avance de la ciencia y tecnología.

Las Enmiendas que han recibido el visto bueno del Consejo de Ministros, modifican en gran medida, el contenido del ADR que entró en vigor el 1 de enero de 2013 dando lugar, con ello, al ADR 2015.

Las principales modificaciones respecto al texto anterior consisten en:

• introducción de nuevas definiciones

• cambios en las condiciones de transporte de pilas de litio

• nuevas materias; nuevas disposiciones especiales

• cambios en las instrucciones de embalaje

• medidas mínimas para el marcado y etiquetado de los bultos

• nuevas disposiciones para las materias asfixiantes para refrigeración

• nuevas disposiciones de construcción y homologación para los recipientes a presión y para las cisternas

Como parte de la actualización bianual que la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa hace del Acuerdo europeo relativo al transporte Internacional de mercancías por carretera o ADR, a partir del 1 de julio de 2015 entrarán en vigor las nuevas modificaciones en lo relativo al transporte de este tipo de mercancías, aunque estas ya pueden ser aplicadas desde el inicio del año, según ha informado el Instituto Superior del Medio Ambiente.

El ADR 2015 entró en vigor el 1 de enero de 2015 y será obligatorio a partir del 1 de julio de 2015, aunque durante los primeros seis meses de este año, el transporte se puede hacer conforme al ADR 2013.

España se adhirió al acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) y es parte del mismo desde el 22 de diciembre de 1972, fecha en la que entró en vigor para España.

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