Competencia acepta los compromisos alcanzandos para los servicios de amarre del puerto de Algeciras

Competencia no sanciona por posibles prácticas competitivas en los servicios de amarre del puerto de Algeciras, a la vista de los compromisos adquiridos por las partes.

08/03/2021 a las 22:28 h

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha aprobado la terminación convencional del expediente sancionador iniciado en octubre de 2018 por supuestas prácticas anticompetitivas en los servicios de amarre del puerto de Algeciras.

Competencia inició este expediente a instalaciones de un escrito presentado por Puertos del Estado para denunciar determinados puntos del Acuerdo de Estabilidad del Sector del Amarre y Desamarre en el Puerto Bahía de Algeciras suscrito por Comisiones Obreras, UGT, el Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español, la Asociación de Empresas de Servicios de la Bahía de Algeciras y la Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz.

Las cláusulas del acuerdo denunciadas implicaban que cualquier empresa de servicios de amarre y desamarre que necesitara contratar a nuevos trabajadores en el Puerto de Algeciras debería contratar con carácter preferente a trabajadores que hubieran cesado su relación laboral con Marítima Algecireña y estuvieran incluidos en su bolsa de trabajo.

Además, establecía la obligación de contratarlos con carácter indefinido, pagarles un complemento retributivo de 300 euros mensuales y un incentivo por objetivos de 450 euros mensuales cuando la empresa alcanzara una cuota de mercado del 30% o superior.

En todo caso, Competencia estima que el acuerdo no llegó a producir efectos en el mercado en la medida en que no se ha despedido a ningún trabajador de Marítima Algecireña en activo el 17 de diciembre de 2015, no se ha creado la bolsa de trabajo, no se ha reunido la Comisión de Seguimiento y ninguna empresa ha tenido que contratar nuevos trabajadores forzosamente.

Así mismo, el organismo regulador ha aceptado los compromisos presentados en junio de 2019 por la CEC y AESBA, consistentes en eliminar de la bolsa de trabajadores de contratación obligatoria, eliminar del complemento salarial de 300 euros de amarrador experto, eliminar del complemento salarial de 450 euros para las empresas que alcancen una cuota del 30%, abstenerse de suscribir en el futuro acuerdos que contengan cláusulas equivalentes o idénticas, comunicar el acuerdo de terminación convencional a los asociados y aprobar un nuevo Acuerdo incorporando todas las modificaciones.

Competencia entiende que los compromisos presentados "resuelven de manera clara e inequívoca las conductas investigadas, ya que se eliminan las cláusulas controvertidas que pueden limitar la competencia y las que afectan a la libertad de contratación" y que, además, "pueden cumplirse de manera rápida y efectiva, ya que las partes se comprometen a firmar un nuevo Acuerdo, que sustituirá al anterior, en un plazo máximo de diez días desde la notificación de la Resolución de la CNMC".

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