El Gobierno estudia bonificar a aquellas empresas con una baja siniestralidad laboral

Los límites para recibir las bonificaciones se adaptarán a las circunstancias propias de cada actividad económica para promover el incentivo entre las actividades con mayor riesgo.

14/09/2015 a las 22:19 h

Trabajadores en la zona de preparacion de pedidos de un almacen de Amazon El incentivo se aplicará a las cotizaciones por contigencias profesionales.

Las empresas de logística y transporte que tengan una baja siniestralidad podrían verse beneficiadas, ya que el Gobierno ha propuesto que las empresas con baja siniestralidad laboral puedan optar a una rebaja del 5% el primer año y del 10% en los siguientes, en el pago de las cotizaciones por contingencias profesionales.

Esta propuesta está siendo desarrollada por el Ministerio de Empleo para incluirlo en un Real Decreto cuyo objetivo es mejorar los incentivos a empresas sensibilizadas con la siniestralidad laboral, según se contempla en la Ley de Mutuas.

La propuesta ha sido trasladada a los agentes sociales. Según el ministerio, el objetivo es simplificar el proceso de solicitud y agilizar el reconocimiento y el abono del incentivo de las primas.

Por ello, con estos objetivos, la propuesta contempla eximir a la empresa de recabar la documentación que ya obre en poder de la administración,para reducir las cargas administrativas. También aboga por fijar un plazo cerrado para emitir la primera resolución del expediente.

Requisitos

El procedimiento para optar a estos incentivos tendrá en cuenta que el centro tenga unos índices de siniestralidad inferiores a los que se establezcan anualmente, ganando en objetividad.

En general, podrán ser beneficiarias todas las empresas que coticen por contingencias profesionales, tanto si están cubiertas por una entidad gestora como por una mutua, que no hayan rebasado los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema que anualmente se fijen.

Los mencionados límites se adaptarán a las circunstancias propias de cada actividad económica de modo que se promueva el acceso al incentivo a aquellas actividades con mayor riesgo para mejorar la prevención allí donde sea más necesaria.

Además, las compañías beneficiarias deben estar al corriente de pago y no haber sido sancionadas en materia de prevención de riesgos o de Seguridad Social.

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