Fomento aprueba la nueva valoración de terrenos y aguas en varios puertos de interés general

También se ha aprobado la nueva delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Ceuta.

05/05/2015 a las 23:08 h

puerto ceuta

El Ministerio de Fomento ha publicado en el BOE, este martes 5 de abril, tres ordenes por la que se aprueba la valoración de los terrenos de dominio público y lámina de agua en las zonas de servicio de los puertos de Vigo, Sagunto y Vilagarcía.

La determinación del valor de los terrenos y de las aguas de la zona de servicio del puerto es necesaria para calcular la cuantía de la tasa de ocupación ya que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la base imponible de la tasa es el valor del bien de dominio público ocupado.

En cuanto a la valoración de las aguas, la misma Ley establece que el valor de los espacios de agua, incluidos en cada una de las áreas funcionales en que se divida la zona de servicio de un puerto, se determinará por referencia al valor de los terrenos de las áreas de la zona de servicio con similar finalidad o uso o, en su caso, al de los terrenos más próximos.

En este contexto, los textos publicados por Fomento recogen las áreas funcionales en las que se han dividido los puertos citados. Así, la Orden FOM/818/2015 recoge las valoraciones del puerto de Vigo, la Orden FOM/816/2015 las del puerto de Sagunto, y la Orden FOM/817/2015 las del puerto de Vilagarcía.

Delimitación de usos en el puerto de Ceuta

Por otro lado, también se ha publicado este martes la Orden FOM/819/2015, de 21 de abril, por la que se aprueba la delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Ceuta.

La zona de servicio del puerto de Ceuta vigente en la actualidad se mantiene desde el Proyecto Reformado acometido en el año 1964, excepto en lo relativo a aquellas parcelas que han sido desafectadas con carácter puntual, por medio de órdenes ministeriales posteriores.

Ahora, la nueva delimitación no incorpora nuevos espacios de tierra a la zona de servicio portuaria distintos de los generados por la ejecución de obras portuarias, excluyendo solamente dos parcelas que cuentan en la actualidad con un carácter marcadamente urbano.

Por su parte, la delimitación de las Zonas I y II de aguas en el puerto de Ceuta también quedó establecida en los años sesenta, si bien con la nueva delimitación se amplia el ámbito del fondeadero norte, excluyéndose de la zona de servicio, el denominado fondeadero sur y, en la zona norte de las aguas exteriores, una franja paralela a la costa de 200 metros.

En este contexto, cabe destacar que los usos asignados mantienen, en líneas generales, la zonificación actual del puerto de Ceuta.

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