La Xunta deberá indemnizar a una naviera por anular su contrato de exclusividad

La concesión en exclusiva, otorgada en 1990, fue realizada ajustándose a la ley gallega, por lo que no puede ser anulada a partir de la normativa comunitaria actual.

08/11/2015 a las 21:48 h

Mar de Ons transporte de pasajeros entre Vigo y Cies Mar de Ons cubre el tráfico de pasajeros entre Vigo y las Islas Cíes.

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de la naviera Mar de Ons contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en la que rechazaba su reclamación de daños y perjuicios por la anulación de la concesión de la línea Vigo-Islas Cíes en condiciones de exclusividad.

En el año 2008, la Xunta de Galicia anuló la concesión en exclusividad a la naviera, otorgada en el año 1990 por un periodo de 20 años y prorrogable a otros 10, ya que entendía que era contraria a la normativa comunitaria. 

Ante esta decisión, la naviera presentó en el 2009 una reclamación por responsabilidad patrimonial, en la que pedía ser compensada por la pérdida de ingresosal dejar de prestar el servicio en exclusividad.

La cuentas de la naviera apuntaban un lucro cesante de 27,5 millones de euros, teniendo en cuenta los años que restaban de concesión más la prórroga, y calculando unos ingresos medios anuales de 1,2 millones.

La reclamación fue rechazada tanto por la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras como por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El supremo da la razón a la naviera

Ahora, en una sentencia reciente, el Supremo reconoce el derecho de la naviera a ser indemnizada por los perjuicios económicos ocasionados por esa anulación, al entender que la concesión de la línea en exclusividad fue realizada ajustándose a la ley gallega.

No obstante, el alto tribunal no acepta indemnizar 12 años y 167 días de lo que restaba de la concesión inicial, si no desde el momento en que Mar de Ons tuvo que hacer frente de manera efectiva a la competencia de otras empresas. La compensación se fijará en la ejecución de la sentencia.

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