Las Administraciones Públicas deberán adaptarse a la factura electrónica antes del 18 de abril

Desde el 18 de abril, todas las administraciones europeas deberán poder aceptar facturas, bajo el formato electrónico común, de sus proveedores, aunque la idea es que su uso se extienda al comercio B2B.

09/04/2019 a las 23:13 h

e-factura factura electronica La utilización de un formato común mejorará y simplificará las relaciones comerciales.

Desde el día 18 de abril de 2019, las Administraciones Públicas de cualquier país de la Unión Europea estarán obligadas a recibir y procesar facturas electrónicamente en sus operaciones B2G utilizando un formato común. El plazo se ha ampliado hasta el 18 de abril de 2020 en el caso de las administraciones regionales y locales, dada la complejidad del proyecto.

Se trata de un paso más dentro de la agenda digital europea, que considera a la e-factura como un elemento facilitador de las relaciones internas en un mercado común. La entrada en vigor de la Directiva 2014/55/CE sobre facturación electrónica en la contratación pública exige la definición de un estándar común para simplificar la actividad de empresas e instituciones.

Los trabajos de normalización han llevado al desarrollo del estándar europeo de factura electrónica CEN-TC/434, también conocido como EN 16931. Desde el 18 de abril, todas las administraciones europeas deberán poder aceptar facturas bajo el formato electrónico común, de sus proveedores, según explican desde Seres. 

Si bien esta obligación se vincula al B2G, la idea es que poco a poco su uso se extienda al comercio B2B. La utilización de un formato común mejorará y simplificará las relaciones comerciales, extendiendo los beneficios añadidos que ofrece la factura en formato electrónico a las empresas, como la mejora de la gestión, la trazabilidad y la reducción de costes.

Diferentes grados de adaptación

Antes de la entrada en vigor, ya era obligatoria, o al menos se había aprobado una normativa al respecto, en Dinamarca, Suecia, Finlandia, Austria, Eslovenia, Croacia, República Checa, Lituania, Bélgica, Estonia, Francia, Países Bajos, Alemania y Polonia.

Destacan también Portugal y Grecia, donde la Directiva comenzará a aplicarse en 2020, así como Reino Unido, que se encuentra pendiente del acuerdo del Brexit y de su salida de la Unión Europea. Por otro lado, Italia y España ya han avanzado en la legislación que afecta a las operaciones B2B.

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