Murcia ha concedido 13.000 autorizaciones de transporte por carretera en este 2014

Murcia es la octava comunidad autónoma en número de visados de transporte, por detrás de Cataluña, Andalucía o la Comunidad Valenciana.

08/12/2014 a las 20:15 h

Transporte por carretera en la provincia de Murcia

La Consejería de Fomento del gobierno regional murciano, a través de la Dirección General de Transportes, Costas y Puertos, ha concedido un total de 12.981 autorizaciones de transporte en 2014, de las que 10.359 autorizaciones corresponden a vehículos pesados.

Los visados se otorgaron tanto a vehículos pesados como a vehículos ligeros de operadores de transportes.

Con la realización del visado se comprueba que las empresas cumplen con todos los requisitos que originaron su otorgamiento. Se acredita de esta forma la personalidad jurídica y nacionalidad de la empresa, la capacitación profesional y económica, y la verificación de que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales, así como del pago de sanciones por infracciones de la legislación de transportes.

Evitar el intrusismo

Este mecanismo tiene por finalidad asegurar que las empresas murcianas del sector cumplen la normativa, para evitar así el intrusismo, la competencia desleal y la economía sumergida. El visado se realiza cada dos años, de acuerdo con el calendario que determina la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento.

Según estas cifras, Murcia es la octava comunidad autónoma en número de visados de transporte, por detrás de Cataluña, Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Galicia, y por delante de otras autonomías con mayor población, como el País Vasco y Canarias.

Para poder realizar el transporte, tanto de mercancías como de viajeros, público o privado, es necesaria la previa obtención de la correspondiente autorización administrativa que habilite para su prestación.

Las autorizaciones reguladas se documentan a través de la expedición de las correspondientes tarjetas de transportes, en las que se especifica el número de autorización, la titularidad, el domicilio y demás circunstancias de la actividad, conforme a lo determinado por la Dirección General de Transportes, Costas y Puertos de la Comunidad y la delegación del Ministerio de Fomento.

Asimismo, las autorizaciones se otorgan sin plazo de duración prefijado, si bien su validez queda condicionada a la comprobación periódica, mediante el visado, del mantenimiento de las condiciones que originariamente justificaron su otorgamiento y de aquellas que, aun no siendo exigidas inicialmente, resulten de obligado cumplimiento.

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