Publicada en el BOE la modificación a las restricciones a la circulación de materias peligrosas en 2013 en Cataluña

Este próximo viernes 13 de diciembre entrará en vigor la modificación relativa a los itinerarios idóneos para la circulación en el ámbito de Cataluña, de vehículos o conjuntos de vehículos que transporten materias peligrosas, en régimen ADR.

09/12/2013 a las 2:44 h

Rutas obligadas RIMP Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas en Cataluña

Se ha publicado en el BOE este pasado 5 de diciembre la resolución de 14 de noviembre, por la que se modifica parcialmente la Resolución INT/2955/2012, de 21 de diciembre de 2012, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2013 en la comunidad autónoma de Cataluña.

El Servicio Catalán de Tráfico, tiene atribuidas las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías o vías urbanas que afecten a la circulación interurbana en el ámbito de la Comunidad  Autónoma catalana.

En lo relativo al establecimiento de restricciones temporales o permanentes a la circulación que afectan a determinados vehículos tanto por razón de sus características técnicas como por su carga, el consejero de Interior del gobierno de Cataluña ha dispuesto la modificación parcial de laResolución INT/2955/2012, de 21 de diciembre, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2013.

Por este motivo, su anexo C, relativo a los itinerarios idóneos para la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos que transporten materias peligrosas (en régimen ADR), se sustituye íntegramente por el anexo de la Resolución INT/2455/2013, que se puede consultar en este enlace.

Esta Resolución entrará en vigor a los ocho días de su publicación y será vigente hasta la entrada en vigor de la resolución de restricciones correspondientes al año 2014.

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