Publicadas las nuevas enmiendas del Convenio Marpol

El Convenio Marpol es el principal convenio internacional para la prevención de la contaminación del medio marino por parte de los buques.

14/01/2017 a las 14:49 h

El Plan de Auditorias de la OMI pasa a ser obligatorio Actualmente, el Convenio Marpol incluye seis anexos técnicos encaminados a prevenir la contaminación ocasionada por los buques.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado dos acuerdos que recogen las enmiendas al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (Marpol), adoptadas en Londres el 17 de octubre de 2014 mediante Resolución MEPC.247(66).

Por un lado, la Resolución MEPC.258(67) presenta enmiendas a las reglas 2 y 13, y al Suplemento del Certificado IAPP del Anexo VI del Convenio Marpol, mientras que  la Resolución MEPC.257(67) recoge una enmienda al apéndice sobre los criterios para determinar si las sustancias que se transportan en bultos son perjudiciales.

El Convenio Marpol es el principal convenio internacional sobre la prevención de la contaminación del medio marino por los buques a causa de factores de funcionamiento o accidentales. En él figuran reglas para prevenir y reducir al mínimo la contaminación causada por los buques, tanto accidental como procedente de las operaciones habituales.

Actualmente, el Convenio Marpol incluye seis anexos técnicos, encaminados a prevenir la contaminación por hidrocarburos, por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel, por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos, por las aguas sucias de los buques, las basuras de los mismos y la contaminación atmosférica.

En la mayoría de estos anexos figuran zonas especiales en las que se realizan controles estrictos en las descargas operacionales.

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