La Autoridad Portuaria de Las Palmas ha comenzado a aplicar la tasa de aprovechamiento especial del dominio público, conocida como TAE, aprobada por la Ley de Régimen Económico de Puertos de 2003.
Esta tasa obligará a las empresas que trabajan en el Puerto a abonar casi seis millones de euros, a razón de 1,5 millones por anualidad, al aplicarse con efecto retroactivo de cuatro años.
Todo comenzó cuando el Gobierno aprobó la TAE pero el Puerto de Las Palmas no la aplicó porque varias de las empresas que operan en el puerto tienen contratos que recogen exenciones de tasas o canon cero.
Aún así, en 2007 el Estado informó al Puerto que tenían que aplicar la tasa obligatoriamente, sin hacerse procedimientos de revisión. El Real Decreto Legislativo 2/2011 por el que se refunde las leyes de Puertos ratifica la aplicación de la tasa de actividad.
Las terminales, petroleras y operadores no han tardado en alzar la voz en contra de esta medida, primero por el importe del canon y después por el carácter retroactivo de la norma.
Pero sin duda, es el canon del suministro de combustible el que está creando mayor polémica, al gravar 0,18 euros por Tn. La tasa por el movimiento de mercancías es de 0,88 euros por contenedor y la tasa por graneles sólidos, de 0,32 euros.
El presidente de la Autoridad Portuaria, Luis Ibarra, señaló que están aplicando una ley de 2003 "cuya ejecución ha demandado la Intervención del Estado y nos estamos moviendo en los márgenes mínimos para no llegar a más de la mitad que se nos permite para que no tenga un efecto en su actividad económica".
Las empresas que operan en el Puerto dudan de la legalidad de la tasa
Son muchas las empresas, principalmente las operadoras de terminales de contenedores y de suministros de combustibles, las que dudan de la legalidad de la tasa y muestran su rechazo a asumir el coste del nuevo canon. Las terminales de contenedores Opcsa y La Luz han puesto en manos de sus gabinetes jurídicos la aplicación de la TAE.
La mayor discrepancia entre estas empresas y el Puerto radica en la aplicación retroactiva del canon.
El presidente de la Asociación de Consignatarios y Estibadoras de Buques de Las Palmas, Francisco Naranjo, aseguró que “no se puede repercutir a terceros un pago retroactivo de cuatro años ya que las empresas tienen cerrados contratos a uno, dos y cuatro años".
El presidente de la Federación Canaria de Empresas Portuarias, José Juan Rodríguez Castillo, también señaló que la aplicación de este impuesto tendrá "sus efectos en el coste de la prestación de servicios así como en la cesta de la compra".