El nuevo CAU introduce entre sus principales novedades la obligatoriedad de que las terminales portuarias deban estar acreditadas por la administración aduanera como Almacén de Depósito Temporal.
La patronal quiere reunirse con la Subdirección General de Gestión Aduanera para determinar las repercusiones que tendrá la finalización del periodo transitorio para las empresas asociadas.
El trámite será obligatorio para las empresas cuya facturación sea superior a seis millones de euros y las acogidas al régimen de devolución mensual de IGIC, aunque podrá acogerse cualquier empresa.
La administración canaria lleva unos meses tramitando todos los cambios legales y técnicos para la implantación del SII y finalmente, la fase de pruebas entrará en vigor durante el cuarto cuatrimestre de 2018.
El cambio afecta tanto a las empresas que realizan sus declaraciones a la Agencia Tributaria como a las que lo hacen en las Haciendas Forales, siempre que ya estuvieran sujetas a realizarlas a través de este sistema.
La nueva solución, adaptada ya a la hoja de ruta del proyecto de Ventanilla Única Aduanera para los próximos año, ha requerido más de 5.000 horas de trabajo para su desarrollo.
Desde el 1 de enero de 2018, las empresas del País Vasco que, por estar sujetas al régimen foral, no cumplían con la norma de la Agencia Tributaria, quedan obligadas por la misma regulación que el resto de la península.
Desde la entrada en vigor de la normativa que establece el control obligatorio de las garantías, esta exigencia ha comenzado a revisarse en los procesos de reevaluación de los operadores.