La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha puesto en marcha una audiencia pública sobre la referencia de beneficio razonable que utilizará para supervisar que los precios que las empresas ferroviarias pagan por los servicios en estaciones, terminales de mercancías y talleres cumplen la normativa.
El acceso a estas instalaciones, que pertenecen a Adif, Renfe y a otras empresas, y los servicios que se prestan en ellas, son esenciales para que los operadores ferroviarios de transporte de mercancías y de viajeros puedan funcionar.
Competencia ya clarificó en una Comunicación los criterios que aplica para supervisar los precios de los servicios, una tarea que puede realizar, por ejemplo, tras recibir una denuncia.
De este modo, estos precios no pueden superar el coste de prestación de los servicios más un beneficio razonable.
En concreto, esta Comunicación detalla los criterios para determinar los costes imputables a los servicios y desarrolla una metodología para calcular una referencia de beneficio razonable, estableciendo su actualización periódica. La última revisión se aprobó en noviembre de 2024.
Así pues, e documento que se somete a audiencia pública detalla, en aplicación de la Comunicación, los valores de cada uno de los parámetros que componen la fórmula de la referencia de beneficio razonable.
La consulta pública permanecerá abierta hasta el próximo 10 de noviembre.