El embargo de las dietas agrava el problema de la escasez de conductores

Si la empresa no practica los embargos que se requieran desde la Administración, será a ella a quien se le reclamen, convirtiéndose en deudora y responsable solidaria del abono de la deuda. 

27/04/2022 a las 22:05 h

En la actualidad, el porcentaje de empresas del sector del transporte que están experimentando dificultades para cubrir sus puestos vacantes se situaría en más del 20%, estimándose en más de 15.000 las ofertas de empleo que quedarían vacantes por la falta de candidatos disponibles.

Además, dada la edad media de los profesionales, se trata de una situación que se acentuará todavía más durante la próxima década. Se trata de un problema que no es exclusivo de España y que afecta a otros países tanto de Europa como del resto del mundo.

En parte, viene dado por el elevado coste económico que supone acceder a la profesión, la dureza del ejercicio y las condiciones laborales ofrecidas, factores que le restan atractivo.

Sin embargo, ni desde el ámbito público ni el privado se está llevando a cabo iniciativas para paliar esta situación, pese a que en España el nivel de desempleo ronda 20% y que en un futuro no muy lejano puede haber dificultades para el desarrollo de las cadenas de suministro de bienes y productos.

Embargo de las dietas

Uno de los problemas con los que pueden encontrarse los conductores asalariados y contra el que trata de encontrar una solución el Comité Nacional de Transporte por Carretera, es la retención del 100% de lo que perciben en concepto de dietas por parte de Hacienda y la Seguridad Social.

Si la empresa no practica los embargos que se requieran desde la Administración, será a ella a quien se le reclamen, convirtiéndose en deudora y responsable solidaria del abono de la deuda.

Aunque existe jurisprudencia favorable a limitar dicha posibilidad de embargo, en la práctica las Administraciones Públicas continúan generalizando esta actuación, sin tener en consideración los perjuicios que ocasiona al sector.

De hecho, desde el Ministerio de Seguridad Social han explicado recientemente que las dietas constituyen derechos de crédito que ostenta el trabajador frente al empresa, "a las que procede la diligencia de embargo de créditos y derechos, sin que les resulten de aplicación los límites de inembargabilidad al no tener la condición de salario".

En este sentido, desde Fenadismer explicar que al tratarse de un gasto realizado como consecuencia de su actividad laboral, el embargo íntegro de las dietas provoca el efecto inmediato de que a los conductores ya no les resulta interesante seguir trabajando por ser "antieconómico", al tener que pagar con sus propios recursos los gastos procedentes de su actividad.

Por tanto, dejan de trabajar, con el consiguiente procedimiento de despido que supone un coste adicional al empresario y agrava la situación de escasez de conductores que padece el sector del transporte por carretera.

 

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