Con esta medida se pretende atajar la competencia desleal por los diferentes grados de inspección existentes en todo el mundo.
Algunas de las principales organizaciones marítimas internacionales han propuesto a la Organización Marítima Internacional imponer la prohibición de llevar a bordo combustible no reglamentario para consumo propio, salvo en buques que dispongan de depuradores de gases, o scrubbers por su nombre en lengua inglesa, ante la próxima entrada en vigor, en enero de 2020, del nuevo límite de azufre del 0,5% en los combustibles marinos.
Con esta prohibición genérica, el sector estima que bastaría con detectar la presencia a bordo de combustibles no reglamentarios y no su uso, lo que facilitaría la aplicación y el cumplimiento de dicha norma por todos los armadores, mientras que, al tiempo evitaría una posible competencia desleal en función de los diferentes grados de exigencia en las inspecciones en diferentes partes del mundo, algo que preocupa al sector naviero.
Adicionalmente, el documento expone que la entrada en vigor del nuevo límite de azufre en los combustibles seguramente planteará serias dificultades técnicas y operacionales a los armadores.
El sector estima que se trata de una transición muy rápida, en la que el límite de 3,5% de azufre hasta el 31 de diciembre de 2019 pasa al 0,5% desde el 1 de enero de 2020, lo que podría provocar problemas en el abastecimiento de combustible reglamentario, al menos temporalmente y en determinadas zonas u puertos.
Por otra parte, además, la utilización de nuevas mezclas de combustibles de bajo contenido de azufre podría provocar problemas de seguridad en los sistemas de combustible y la maquinaria, especialmente por inestabilidad e incompatibilidad de dichas mezclas con las suministradas en otros puertos.
Para paliar todas estas dificultades, el mencionado documento del sector naviero propone establecer un período transitorio de aplicación razonable durante la fase inicial, a partir del 1 de enero de 2020.