El Tribunal Superior de Justicia desestima las medidas cautelares que exigía el CNTC contra las 44 tn en Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña entiende que la medida adoptada por el Gobierno catalán "no puede producir daños o perjuicios de reparación imposible o difícil, tratándose de una resolución estableciendo como medida controlada y de forma temporal".

27/02/2013 a las 9:39 h

mega camión

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha desestimado las medidas cautelares que pedía el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) contra la medida del Gobierno de la Generalitat de permitir de manera experimental la circulación de vehículos de hasta 44 tn por sus carreteras.

Según el Tribunal Superior, se aprecia que la ejecución de la resolución impugnada “ni podría hacer perder al recurso interpuesto su finalidad legítima para el caso de ser estimado en su momento, ni puede producir daños o perjuicios de reparación imposible o difícil, tratándose de una resolución estableciendo como medida controlada y de forma temporal la circulación de determinados conjuntos de vehículos pesados para el transporte de mercancías en general, resolución respecto de la que no conste en esta fase procesal en forma patente, clara y manifiesta su ilegalidad, sin que se esté en el momento de resolver, sin mayores acreditaciones, el complejo y técnico fondo del asunto de que se trata, como en definitiva parece pretender la actora (el CNTC)”.

Asimismo, el Tribunal entiende que los derechos indemnizatorios a los que tendría derecho el Comité “quedarían en todo caso a salvo de ser estimado el recurso en su momento pues, frente a la posible irreparabilidad de los daños (...) se opone el interés general en la vigencia de una disposición que va destinada a sujetos indeterminados”.

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