Fomento limita la transmisibilidad de las autorizaciones de transporte

Según Fenadismer, la persona que quiera acceder al sector del transporte adquiriendo una autorización deberá poseer al menos tres vehículos, por lo que si el transportista que abandona la actividad tuviese sólo uno, el adquiriente tendrá que obtener otros dos vehículos que no superen los cinco meses de antigüedad.

10/02/2014 a las 16:08 h

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Como ya ha adelantado este miércoles pasado cadenadesuministro.es, el Ministerio de Fomento ha remitido para consulta de las asociaciones de transportistas el proyecto de Orden Ministerial por el que se modifica el actual régimen de otorgamiento y transmisión de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.

Según informa Fenadismer, en el preámbulo del proyecto de la orden ministerial, se señala que la intención es equiparar las condiciones de acceso al mercado de los transportistas, con independencia de las características de los vehículos utilizados.

La única excepción sería la de los vehículos ligeros, esto es, hasta 3’5 tn de masa máxima autorizada, a los que se les exime de cumplir algunos requisitos. En este caso, bastará con acreditar que se posee un solo vehículo que no supere los cinco meses de antigüedad, eximiéndose de cumplir el requisito de capacitación profesional, es decir, el título de transportista.

En cuanto al transporte pesado, será necesario demostrar que se cumple el requisito de capacitación profesional y que se dispone de un mínimo de tres vehículos que no superen inicialmente los cinco meses de antigüedad, aunque como novedad no se necesitará acreditar que la suma del tonelaje de carga útil de los vehículos supera las 60 toneladas que en la actualidad sí se exige.

Por último, el que pretenda acceder al sector adquiriendo la autorización de transporte de un transportista que abandone la actividad, deberá poseer al menos tres vehículos, de tal modo que si el transportista que le transmite su autorización sólo tenía un vehículo, el adquirente que pretende acceder al sector deberá adquirir otros dos vehículos que no superen los cinco meses de antigüedad.

Se espera que esta Orden Ministerial se publique en el BOE el próximo mes de abril, aunque, en principio, se prevé que no entre en vigor hasta el 1 de enero de 2015.

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