Los transportistas deberán comunicar los kilómetros recorridos a la Agencia Tributaria antes del 31 de marzo

En 2020 podría incrementarse el importe a devolver, teniendo en cuenta la intención del Gobierno de aumentar la fiscalidad al diésel, una subida de la que el sector del transporte estaría exenta.

12/01/2020 a las 13:32 h

Se tendrán en cuenta los consumos realizados a través de tarjetas de carburante en estaciones de servicio o en las propias bases. Se tendrán en cuenta los consumos realizados a través de tarjetas de carburante en estaciones de servicio o en las propias bases.

Un año más, los transportistas que estén dados de alta en el censo de beneficiarios del gasóleo profesional tendrán que comunicar a la Agencia Tributaria los kilómetros que han realizado con sus vehículos de transporte durante el ejercicio anterior.

Así, los titulares de camiones de más de 7,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada podrán acceder a la devolución de este importe, que se calculará por la diferencia respecto del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular.

Para ello, se tendrán en cuenta los consumos realizados a través de tarjetas de carburante en estaciones de servicio o en sus propias bases mediante una unidad de suministro debidamente legalizada.

La Agencia Tributaria devuelve trimestralmente la diferencia a través del gasóleo profesional, establecido en 0,1 céntimos por litro de carburante consumido para el tramo estatal, a lo que hay que sumar el tramo autonómico, que asciende a 4,8 céntimos por litro. La suma total alcanza, por tanto, los 4,9 céntimos por litro.

No obstante, según explican desde Fenadismer, en 2020 podría incrementarse el importe a devolver, teniendo en cuenta la intención del Gobierno de aumentar la fiscalidad al diésel, una subida de la que el sector del transporte estaría exenta.

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