Publicada la propuesta de tarifas provisionales por la prestación de servicios adicionales y complementarios por Adif

El importe de las tarifas se fijará atenciendo al tipo de actividad, a su interés ferroviario y a su relevancia económica, así como al coste que suponga la prestación de servicios.

18/03/2013 a las 2:38 h

Adif finaliza las obras de mejora en el Centro Logistico de Barcelona-Morrot.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado en su edición de este viernes 15 de marzo la resolución de 26 de febrero por la que se aprueba la propuesta de tarifas provisionales por la prestación de servicios adicionales y complementarios 2013 por la entidad pública Adif. Estas tarifas mantienen el factor de flexibilidad, ya introducido en las tarifas de 2011, en cuanto permiten a los usuarios elegir entre diferentes alternativas en distintos casos. 

Las servicios adicionales y complementarios en la Red Ferroviaria de Interés General, REFIG, se prestarán a las empresas ferroviarias y otros candidatos según se establece en el artículo 40 de la Ley 39/2003.

Se consideran servicios adicionales los de acceso desde la vía a las instalaciones de mantenimiento, reparación y suministro. Asimismo, incluye desde las zonas de aprovisamiento de combustible y las instalaciones logísticas de carga y estaciones de clasificación, hasta las zonas de mantenimiento y formación de trenes. La prestación de los servicios adicionales será realizada siempre por Adif, estando obligado a prestarlos a solicitud de las empresas ferroviarias.

Por su parte los servicios complementarios comprenden el suministro de la corriente de tracción, el suministro de combustible y operaciones de maniobras o sobre el material ferroviario, entre otros. La prestación de servicios complementarios se efectuará en régimen de Derecho Privado y podrá ser realizado por Adif o mediante gestión indirecta a través de empresas contratistas.

El importe de las tarifas se fijará atenciendo al tipo de actividad, a su interés ferroviario y a su relevancia económica, así como al coste que suponga la prestación de servicios. Según publica el BOE el establecimiento de las tarifas se regirá por los principios de objetividad, transparencia, igualdad de acceso y no discriminación a las empresas ferroviarias.

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