Transportes flexibiliza el transporte de animales vivos

Se establecen prórrogas para las autorizaciones, certificados de formación y cuadernos de a bordo, así como una exención en tiempos de descanso.

25/03/2020 a las 22:33 h

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana estima que, dentro del ámbito del transporte de mercancías, el de animales vivos juega un papel importante para el abastecimiento de la población durante el actual estado de alarma.

En consecuencia, se ha dictado una Orden Ministerial ya en vigor que declara la validez de autorizaciones de los transportistas, medios de transporte y contenedores, así como de los certificados de formación de los conductores o cuidadores que hayan expirado después del 1 de marzo, hasta 120 días después de que termine el estado de alarma o sus prórrogas.

De igual manera, los cuadernos de a bordo u hojas de ruta tendrán validez a pesar de no haber sido sellados por la autoridad competente hasta siete días después de que acabe el estado de alarma.

Así mismo, también se establece una excepción temporal mientras dure la actual situación de crisis sanitaria del cumplimiento de los tiempos de descanso establecidos en el Reglamento de protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.

En este sentido, la duración del tiempo total de viaje será la máxima permitida en cada caso, exceptuando el tiempo de descanso, con lo que se intenta minimizar el riesgo y agilizar el transporte en un sector tan especializado y específico.

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