El tan anhelado incremento de pesos y dimensiones por parte de los cargadores es ya una realidad. Ha sido una demanda deseada desde hace ya casi quince años, y repito, por los cargadores, que al final se ha visto reflejada en el BOE.
Es cierto que se ha conseguido a cambio de determinadas reivindicaciones que demandaban los transportistas y que se sustanciaron, buena parte de ellas, en los acuerdos del Comité Nacional con el Ministerio de Transportes del año 2021 que dieron lugar a la publicación de un Real Decreto en marzo de 2022 y me refiero a la prohibición con carácter general de que el conductor realice la carga y descarga de la mercancía; la reducción del tiempo de espera cuando se hace una carga o descarga y la indemnización por la paralización del vehículo; la revisión obligatoria del precio del transporte ante la variación del precio del combustible; el refuerzo de los medios de inspección para luchar contra la competencia desleal en el sector, entre otras.
Ya se había conseguido anteriormente, el castigo de la morosidad en el ámbito del transporte como infracción grave o muy grave cuyos resultados, junto al ejercicio de la acción directa contra el cargador principal y todos los que le hubieren precedido en la cadena de subcontratación, en los supuestos de intermediación, están dando unos magníficos resultados.
No obstante, el sector sigue opinando, en su mayoría, que el aumento de pesos y dimensiones no le va a favorecer, porque conllevará un incremento de sus costes de explotación que seguramente no se verán compensados con un aumento de los precios, incluso al revés. Es decir que el famoso “win to win” que defendían los cargadores, esto es, más toneladas por mayor precio y todos ganan, no se va a cumplir.
Lo ha denunciado ya el Comité Nacional en una carta dirigida al ministro de Transportes al ver que en la norma publicada ha desaparecido la disposición, inicialmente prevista en los borradores del proyecto, por la que se establecía la obligación de adecuar los instrumentos contractuales en vigor a la nueva capacidad de los vehículos. Ya hay quien ha visto en ello la larga mano de los cargadores.
También este aumento de masas y dimensiones de los vehículos puede ayudar a paliar el grave problema que atraviesa el sector por la falta de conductores al reducirse el número de camiones necesario para transportar el mismo volumen de toneladas.
Los efectos de la nueva norma, positivos y negativos, se irán viendo sobre la marcha, pero de lo que no hay duda, es que los negativos afectarán exclusivamente al transportista, la parte débil del contrato, como siempre.
En cuanto al transporte internacional, puede verse afectado de distinta manera, ya que los flujos de salida serán los mismos, porque en transporte internacional solo se puede realizar con 40 toneladas de masa máxima autorizada, pero en el retorno, le será más difícil encontrar cargas de nacional para completar el viaje.
En fin, es un tema complejo que debería de haber requerido un estudio previo para ver los efectos de la nueva norma, pero que quizás no se hizo porque a alguien no le interesaba y no digo a quién
