Queda por solucionar el problema de Estados Unidos, donde los operadores han instalado sistemas que, quizás, deban ser sustituidos en menos de cinco años.
En julio de 2011, se modificó el anexo V del Convenio MARPOL para introducir nuevos supuestos de residuos, que obligan a modificar, a su vez, el anexo III del Real Decreto 1381/2002.
Las instalaciones "deben ser capaces de manejar nuevos tipos de residuos resultantes de los requisitos medioambientales más estrictos, como el agua de lastre y los residuos de lavado".
Durante la Jornada se explicará la estrategia que están siguiendo las Autoridades Marítimas y Portuarias para conseguir una implementación exitosa del Convenio en nuestro país.