Admitido a trámite el recurso de la Generalitat Valenciana contra la anulación de la ZAL del puerto de Valencia

El Supremo considera uno de los puntos claves la evaluación ambiental estratégica exigible para un proyecto crucial para el enclave valenciano.

17/04/2023 a las 14:44 h
18-Terrenos-ZAL-Valencia

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido los recursos presentados por la Generalitat Valenciana y Valencia Plataforma Intermodal y Logística contra la anulación del Plan Especial de la ZAL del puerto de Valencia.

En un auto del 1 de marzo, el Tribunal ratifica la admisión de estos recursos y emplaza a las partes a comparecer ante la sala, remitiendo los autos originales y el expediente administrativo.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana había estimado el recurso presentado por la asociación de vecinos de La Punta La Unificadora y anulado la resolución de la Consejería valenciana de Vertebración del Territorio que aprobaba el Plan Especial de la ZAL.

Dicho ente fundamentó la anulación en que el suelo del ámbito de la ZAL tenía la clasificación de suelo no urbanizable que le otorgaba el plan general del municipio y que la Evaluación Ambiental Estratégica no debió realizarse por procedimiento simplificado.

La Generalitat y Valencia Plataforma Intermodal y Logística presentaron recursos en respuesta a la decisión del mencionado Tribunal. En un nuevo auto del Supremo, consultado por Europa Press, la Sala concluye que procede admitir a trámite los recursos de casación para determinar la relevancia que puede tener el hecho de que el instrumento de planeamiento se refiera a un suelo ya transformado materialmente en su totalidad por las obras de urbanización ejecutadas.

Se trata, en concreto, de determinar la modalidad de evaluación ambiental estratégica exigible en cada caso. Las normas que serán objeto de interpretación son la Ley 21/2013 de evaluación ambiental y el Real Decreto Legislativo 2/2008 de la Ley del Suelo.