Europa da el visto bueno a la Directiva sobre contenido de azufre en los combustibles marinos en línea con Marpol

Antes de diciembre de 2013, la Comisión presentará un informe sobre la aplicación de la Directiva, abriéndose a continuación un plazo de 18 meses para que los estados la adopten.

02/11/2012 a las 2:38 h

 

El Consejo de Ministros de Transportes, Telecomunicaciones y Energía de la UE adoptó el pasado 29 de octubre, la Directiva sobre el contenido máximo de azufre en los combustibles. Esta adopción formal sigue a la que ya llevó a cabo el Parlamento hace algunas semanas.

En esta Directiva no se han introducido nuevos cambios respecto al acuerdo alcanzado sobre este asunto con la Comisión y el Parlamento el pasado mes de mayo y que los armadores europeos valoraron positivamente por "alinearse en casi todos sus aspectos con el Anexo VI del Convenio MARPOL". De hecho, en una nota de prensa, el Consejo declara que su intención es “que la normativa reciente sobre combustible marino de la Organización Marítima Internacional (OMI) sea de aplicación obligatoria” en la Unión Europea.

No obstante, esto no significa que la regulación europea en esta materia esté definitivamente cerrada, ya que la Directiva prevé que, no más tarde de diciembre de 2013, la Comisión presente un informe sobre la aplicación de la misma y en el mismo estudie medidas para un mayor refuerzo de las disposiciones de la Directiva, analizando para ello todas las opciones posibles para reducir la contaminación atmosférica en el territorio y en las aguas territoriales de los Estados miembros.

La Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Los Estados Miembros tendrán 18 meses, tras la entrada en vigor, para adoptar las disposiciones nacionales necesarias.

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