Luxemburgo no ha aplicado el registro electrónico de las empresas de transporte

La Comisión había denunciado que Luxemburgo no había establecido el registro electrónico nacional para las empresas de transporte por carretera.

31/01/2017 a las 0:49 h

autopista luxemburgo Los países europeos deberían haber adoptado esta disposición antes del 31 de diciembre de 2012, algo que Luxemburgo no ha cumplido.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la Comisión Europea en el proceso abierto que el organismo había iniciado en octubre de 2015 contra Luxemburgo, República Checa y Portugal por la falta de transparencia en el transporte de carretera.

La Comisión había denunciado que estos tres países no habían implantado los registros electrónicos nacionalespara las empresas de transporte por carretera y/o no los habían relacionado con los registros electrónicos de otros Estados de la UE.

Todos los países europeos deberían haber adoptado esta disposición antes del 31 de diciembre de 2012, por lo que la Comisión decidió enviar a estos tres países ante la justicia europea, que ha confirmado que Luxemburgo no ha aplicado dicha medida.

El Reglamento CE 1071/2009, en su artículo 16, obliga a los países europeos a establecer un registro electrónico nacional de las empresas de transporte por carretera que han sido autorizadas por una autoridad nacional competente, requiriendo a su vez que queden conectados entre sí.

En este contexto, en octubre de 2016, la Unión Internacional del Transporte por Carretera (IRU) había alertado de que la fragmentación actual de la ejecución de este sistema en Europa socava la correcta aplicación del marco regulador y puede tener graves consecuencias en términos de distorsión de la competencia. 

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