Madrid empieza a inspeccionar la morosidad en el sector del transporte de mercancías

En octubre se estableció un régimen sancionador dirigido a las empresas cargadoras e intermediarias que paguen a los transportistas fuera de plazo.

21/02/2022 a las 18:27 h

La Comunidad de Madrid ha comenzado a inspeccionar la morosidad en el transporte de mercancíaspor carretera a través de los servicios de inspección de la Dirección General de Transportes y Movilidad.

Así, se están enviando requerimientos a empresas para controlar si se excede el plazo máximo de pago, fijado por la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en 60 días. Según la modificación en octubre de esta normativa, se considerará infracción grave cuando el precio del servicio sea de hasta 3.000 euros y muy grave si se supera esta cantidad.

La nueva ley establece un régimen sancionador dirigido a las empresas cargadoras e intermediarias que paguen a los transportistas fuera de plazo, con sanciones que van desde los 401 a los 6.000 euros.

No obstante, la cifra puede alcanzar los 18.000 en caso de reincidencia, o los 30.000 cuando se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y solvencia económica del acreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago previsto en dicho precepto.

Desde CETM-Madrid, creen que se trata de una acción “necesaria y efectiva, ya que trata de erradicar un mal endémico que perjudica de manera grave a las empresas de transporte de mercancías por carretera”.

En este sentido, señalan que aunque el plazo máximo de pago de 60 días de los servicios de transporte lleva en vigor más de 10 años, “hasta que no tomen cartas en el asunto los servicios de inspección, no se cumplirá”.

Es por ello que el Comité Madrileño de Transporte por Carretera propuso que en el nuevo Plan de Inspección de 2022 se incluyera un apartado específico para inciden en la inspección de la morosidad en la Comunidad de Madrid.

 

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