¿Qué, cómo y cuánto podrán reclamar los transportistas a los fabricantes de camiones?

El catedrático de Derecho Mercantil Jesús Alfaro analiza el proceso de litigios que se abre tras la reciente sanción de la CE a los fabricantes de camiones.

05/10/2016 a las 22:53 h

Tras la reciente multa de la Comisión Europea a los fabricantes de camiones MAN, Volvo, Renault, Daimler, Iveco y DAF, por participar durante 14 años en un cártel de precios, se abre ahora un periodo de litigios que podría desembocar en el mayor caso europeo de indemnizaciones por daños y perjuicios.

Así lo ha señalado Jesús Alfaro, catedrático de Derecho Mercantil, durante la Asamblea General de Atfrie de 2016, en la que ha detallado a los transportistas tanto los obstáculos como las facilidades que encontrarán en el proceso que ahora se inicia, las claves de la demanda a presentarla posible defensa que argumentarán los fabricantes y una serie de consejos a tener en cuenta. 

Según ha explicado Alfaro, varias sentencias del Tribunal Supremo legitiman que los perjudicados por un cartel de precios, en este caso los compradores de los vehículos industriales, pueden ser indemnizados por el sobrecoste que supuso para ellosesta mala práctica, al haber tenido que pagar un precio superior al que correspondería realmente en el mercado.

Una vez se publique la decisión de la Comisión Europea, los transportistas podrán demandar a cualquiera de los fabricantes sancionados, ya que la responsabilidad de los miembros del cártel es solidaria. No obstante, en opinión del catedrático, "conviene demandar al fabricante al que se le han comprado los vehículos".

Además, también podrán presentarse demandas con respecto a los vehículos adquiridos en renting o leasing. Aunque podría pensarse que estas empresas se han visto perjudicadas por el cártel, las mismas calculan sus cuotas a partir del precio de los camiones, por lo que el sobrecoste siempre se traslada al comprador.

Facilidades y escollos

Para la parte demandante (el transportista) es fácil demostrar en este caso la existencia del cártel, ya que los fabricantes lo han reconocido, así como los detalles del mismo, que estarán recogidos en la decisión de la Comisión, en la que se especificará "quién hizo qué", en palabras de Alfaro. Por tanto, el demandante podrá estudiar con relativa facilidad los daños que se han podido derivar de esta mala práctica.

No obstante, calcular el daño causado "sí que es complicado". Para hacerlo, es necesario contar con dos buenos informes, uno en el que se detalle la situación del cártel y otro en el que se calcule con precisión la cuantía de los daños

[sumario] La defensa de los transportistas se ha de basar en un buen cálculo de los daños[/sumario]

Actualmente, algunos expertos apuntan, basándose en estudios anteriores sobre los carteles de precios, que los daños podrían estar entre un 15% y un 20%. Según Alfaro, esta práctica es errónea, ya que debe analizarse el caso concreto.

Una posible forma de calcularlo es analizar el crecimiento de los preciosde los camiones en una región no afectada por el cartel con una en la que sí se han elevado ilegalmente, con el fin de establecer las diferencias entre una y otra área.

Teniendo en cuenta que la Justicia no entrará a valorar el importe de la indemnización, si no sólo si el cálculo es razonable, conviene tener un buen informe sobre los daños ocasionados. 

La posible defensa de los fabricantes

La experiencia del catedrático apunta que, probablemente, la defensa de los fabricantes de camiones se base en el “passing-on”.El argumento principal de esta defensa es que el sobreprecio pagado por el demandante habría sido trasladado a los clientes, con lo que el transportista no ha sufrido perjuicio alguno y no ha lugar al resarcimiento de daños y perjuicios.

Si bien esta defensa es válida, y podría ser legitimada por el Derecho español, "no hay grandes casos en los que haya funcionado". Además, una sentencia precedente del Supremo establece que el demandado debe demostrar que el transportista trasladó el precio a los clientes, indicando en que cuantía lo hizo. También ha de probar que los demandantes no sufrieron una pérdida de facturación por el incremento de los portes propiciada por un descenso de la demanda o la fuga de clientes. 

La labor de las asociaciones

Las asociaciones de transportistas no pueden demandar a los fabricantes en este proceso, pero si pueden llevar a cabo varias actuaciones para facilitar esta labor a sus asociados.

[sumario]En el "passing-on", el demandado debería demostrar que el transportista trasladó el precio a los clientes y la cuantía en que lo hizo.[/sumario]

En primer lugar, pueden encargarse de la elaboración de los informes necesarios mencionados para reducir el coste del litigio a los transportistas y, por otra parte, agrupar las demandas de los compradores, ya que estas pueden presentarse en conjunto o de forma individual.

La prescripción

Según Alfaro, cabe pensar que aún no ha empezado a correr el tiempo de prescripción de la sanción, puesto que aún no se ha publicado la decisión oficial de la Comisión Europea. En este ámbito se presenta otro punto enrevesado. Actualmente, el plazo para presentar la demanda en España es de un año, mientras que en la Unión Europea es de cinco años

[sumario]Las asociaciones no pueden demandar a los fabricantes[/sumario]

El gobierno español aún no ha traspuesto la normativa comunitaria que así lo establece, algo que previsiblemente hará en diciembre. De este modo, si no la traspone y un afectado presenta su demanda fuera de plazo, podría darse el caso de que este demandase a la administración española por no trasponer la directiva comunitaria.

¿Qué hacer?

El catedrático aconseja a los transportistas no actuar por el momento. "No es el momento de hacer nada, si no sólo de pensar la estrategia propia, en la que podrían seguir los fabricantes y en las relaciones que se quieren tener en un futuro con los mismos", ha señalado en la Asamblea de Atfrie. 

Alfaro también considera "probable" que los fabricantes quieran llegar a acuerdos extrajudiciales con los clientes para evitar los pleitos, por lo que "harían bien" en preparar dos estrategias: el passing-on y los acuerdos extrajudiciales.

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