Sólo se podrían reclamar un total de 3.950 millones de euros que, según algunas comunidades autónomas, debería devolver el Gobierno central por ser un recurso adicional estatal para la financiación de la sanidad.
En un informe, encargado por la Fundación Francisco Corell en 2011, ya se advertía la ilegalidad de este impuesto y su perjuicio para la productividad y competitividad del sector del transporte por carretera.
Las cifras totales a reclamar, correspondientes a los últimos cinco años, por cada vehículo de transporte pueden alcanzar los 16.000 euros en el caso de un camión y de 14.000 euros en el caso de un autobús.
La organización estima que con la devolución del impuesto, los transportistas podrían obtener una devolución total en torno a los 2.300 millones de euros, que en el caso de un camión supondría los 16.000 euros.
Este dictamen no prejuzga el sentido de la sentencia, por lo que deberá ser ratificado por la Corte de Luxemburgo en los próximos meses, aunque conviene recordar que en el 80% de los casos el fallo final suele coincidir con el dictamen previo.
El abogado general del Tribunal critica el "trato discriminatorio dado a los nuevos operadores en el mercado ferroviario español, que se ven desfavorecidos con respecto al operador histórico".
Las medidas represivas que permite la normativa nacional “no deben exceder” de lo que resulta apropiado y necesario para lograr los objetivos legítimamente perseguidos por la normativa europea.
De dictarse una previsible sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a favor de la ilegalidad de la medida, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particulares lo recaudado en los últimos 5 años por este impuesto