La naviera acarrea pérdidas de 250 millones de euros y, además de la resolución que obliga a devolver las ayudas de 2006, hay en marcha una segunda alegación que obligaría a devolver las ayudas del periodo 2007-2013.
Según los datos de la UE, el 15% de las infracciones por exceso de velocidad se cometen por conductores extranjeros y muchas de ellas quedaban sin castigo, algo que evitará la nueva medida, que 'reescribe' la base jurídica por la que el Tribunal Europeo de Justicia la suprimió en mayo.
Según la justicia europea, la Directiva aprobada en 2011 por el Parlamento y el Consejo europeos, se habría aprobado sobre una base jurídica equivocada, esto es, la cooperación policial, cuando "debería haber sido adoptada" sobre el fundamento de la seguridad vial.
El fallo se refiere a una orden de 2007 del Ministerio de Fomento, que imponía la obligación de obtener una autorización administrativa para el transporte privado complementario de mercancías.
Los jueces señalan además que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno no obró de buena fe al mantener el impuesto durante más de 10 años”.
Sólo se podrían reclamar un total de 3.950 millones de euros que, según algunas comunidades autónomas, debería devolver el Gobierno central por ser un recurso adicional estatal para la financiación de la sanidad.
En un informe, encargado por la Fundación Francisco Corell en 2011, ya se advertía la ilegalidad de este impuesto y su perjuicio para la productividad y competitividad del sector del transporte por carretera.
Las cifras totales a reclamar, correspondientes a los últimos cinco años, por cada vehículo de transporte pueden alcanzar los 16.000 euros en el caso de un camión y de 14.000 euros en el caso de un autobús.
La organización estima que con la devolución del impuesto, los transportistas podrían obtener una devolución total en torno a los 2.300 millones de euros, que en el caso de un camión supondría los 16.000 euros.
Este dictamen no prejuzga el sentido de la sentencia, por lo que deberá ser ratificado por la Corte de Luxemburgo en los próximos meses, aunque conviene recordar que en el 80% de los casos el fallo final suele coincidir con el dictamen previo.